Es cierto que cuando se esta cobrando la prestación por desempleo y se tiene que interrumpir cuando se va a comenzar a trabajar de nuevo en la misma o en otra empresa, se tiene que solicitar la interrupción de dicha prestación y cuando se finaliza el contrato de trabajo se tiene que volver a solicitar la reanudación de la prestación anterior siempre que las cotizaciones generadas no alcancen los 360 días que se requieren para cobrar el paro, y las cotizaciones generadas con el, o los últimos contratos de trabajo se reservan para futuras prestaciones.. Pero si como es tu caso, después de interrumpir en varias ocasiones la prestación por desempleo para trabajar en una o varias empresas, con uno o varios contratos de trabajo con los cuales as generado 360 días o mas, tienes garantizado el derecho de opción, o lo que es lo mismo tienes derecho a elegir entre lo que te quede de la prestación anterior, o iniciar una nueva prestación correspondiente a las cotizaciones generadas con el, o los ultimo es contratos de trabajo independientemente de si se a trabajado en le misma o en varias empresas.. Por lo tanto si en lo que estabas cobrando el paro, generaste 17 meses de cotizaciones, tienes derecho a ejercer el derecho de opción, enter el antiguo o el nuevo paro generado con esos 17 meses de cotizaciones.. Así que o la funcionaria estaba dormida ese día o hay algo que no cuadra en el computo de las cotizaciones porque se tienen en cuenta todas que las que se generan durante los 6 años anteriores a la fecha de la extinción del ultimo contrato de trabajo independientemente de si es en la misma o en diferentes empresas, algo que parece ser que desconoce esa funcionaria.. Por lo tanto vuelve a la oficina del SEPE que te corresponda y que te expli