Para pedir la ayuda familiar después del paro es necesario que tengas unos requisitos que se recogen en el art. 215 de la Ley General de la Seguridad Social. Esto son, estar de alta en el desempleo, no haber rechazado ofertas de trabajo, que se te acabe la prestación contributiva, tengas cargas familiares y lo más importante y que los ingresos de la unidad familiar computables tanto a tu marido como a tu hijo no superen el 75% del Salaría mínimo interprofesional. Tendrás que calcular este último punto dado que la mayoría se deniegan por estas circunstancias. El salario mínimo está a 645.30 euros mensuales, el 75% es 483.97, por tanto no podrá superar esos tu ingresos,
Lo que se percibe de la ayuda son al rededor de unos 426 euros, durante seis meses prorrogables.
De todas formas, mi consejo es, cuando se te acabe el paro ir a pedir la ayuda a ver que te dicen y si te la deniegan reclamar, no pierdes nada.