Si tu madre solamente a consumido la mitad del paro que tenia acumulado, el resto no le pierde a no ser que después de interrumpirle para iniciar otra vez la actividad con la misma o distinta empresa y con un contrato de trabajo de un año o mas duración porque entonces obligatoriamente tendría que ejercer el llamado derecho de opción que puedes consultar en el enlace que te dejo mas abajo y que consiste en que cuando se tiene que elegir entre el paro anterior y el nuevo generado con las ultimas cotizaciones y que el que no se elige se pierde para siempre porque no se puede acumular para utilizarle en con las futuras cotizaciones .. Pero si después de interrumpir el aro anterior se inicia de nuevo la actividad laboral con un contrato de trabajo de menos de un año de duración al finalizar el contrato de trabajo se habré un periodo de 15 días hábiles de plazo para solicitar la reanudación de la prestación anterior por la misma cuantía que se tenia en el momento de la interrupción, y por el tiempo`por que quede por consumir y las cotizaciones que se hayan generado con el o los últimos contratos de trabajo se reservan para utilizarlas cuando se reúnan las suficientes que se necesitan para solicitar de nuevo otra prestación ya sea una contributiva cuyo periodo de cotización es de 360 días u un subsidio por insuficiencia de cotización cuyos detalles puedes consultar en el enlace de mas abajo. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..