Duda mod 347

Tengo una duda en el modelo 347. ¿Tengo un proveedor que en el año 2009 me ha hecho una serie de facturas rectificativas que en su total se pasan de 3005,06?, pero eran facturas que rectificaban a otras del año 2008, y en el 2009 no nos han echo ninguna factura más, solo las rectificativas.
Por lo tanto ¿tendría qué haber declarado dichas facturas en el modelo 347? ¿O al ser facturas negativas que se refieren a otros años no hay que declararlas?

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Respuesta
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En mi opinión sí deberían de haberse declarado, pero al ser rectificativas y en total ascender a más de 3005 euros, incluirlas en la clave B y no en la A.
De todos modos, si él tampoco las ha declarado, no va a haber cruce de datos y no pasará nada.
En caso de que recibas una notificación de Hacienda, basta con solucionar el tema en trámite de audiencia y no te van a aplicar sanción.

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