¿Quién decide como repartir beneficios en locales comerciales?
Estoy bastante liada con este tema.
En el año 1987 a la entrega de la vivienda y participación en locales comerciales y plazas de garaje sobrantes, decidimos en asamblea general por mayoría la continuación de la COOPERATIVA una vez finalizadas las obras, como órgano administrativo del patrimonio del patrimonio, locales comerciales, destinando los ingresos para compensar los gastos de comunidad de vivienda. Esto se vino haciendo hasta el año 2.000, desde entonces el administrador no nos entregala certificación de retención para justificar en hacienda.
En reuniones de COOPERATIVA Y COMUNIDAD, CON EL NUEVO ADMINISTRADOR las explicaciones que nos da es que esos ingresos no pueden repercutir en la COMUNIDAD.
MI PREGUNTA ES
1.- ¿Quién debe decidir sobre ganancias del patrimonio?
2.- Si seguimos siendo cooperativistas podremos decidir algo, ¿no?
3 - Dónde podría encontrar la legislación pertinente para defender nuestras propiedad.