Corrección contable y fiscal

Hola buenas tardes, mi consulta es la siguiente: es una ERD que en el año 2009 ha aplicado el tipo reducido en el IS por mantenimiento o contratación de empleo. En el año 2010 el promedio es menor que el año 2008 que es el año que se coge de referencia por lo que en el año 2010 hay que hacer la corrección y aumentar el 5% correspondiente al ejercicio 2009 que no se había declarado por aplicación del tipo reducido + los intereses de demora correspondientes. Mi duda es la siguiente: ¿Qué asientos contables debo realizar para hacer la corrección sabiendo además que en el ejercicio 2010 la sociedad ha dado beneficio?
Un saludo

1 respuesta

Respuesta
1
Si no he entendido mal, en el 2009 se aplica el tipo reducido cuando no se tenía derecho a aplicarlo, ¿es cierto?
Entonces, en primer lugar calcularemos la diferencia de IS que se tendría que haber declarado y los intereses de demora desde el 25/07/2010 hasta la fecha del pago.
La contabilización de este importe será contra reservas voluntarias (intereses incluidos), puesto que no lo podemos aplicar como un gasto del ejercicio en curso y si en su día se hubiese hecho correctamente, las reservas se habrían reducido. La contrapartida será la 4752 hasta hacer el pago.
Luego hay que calcular el IS del ejercicio 2010, el cual no influye en lo que hemos hablado.
Tan sólo me queda una advertencia y es que la presentación de una declaración del IS complementaria del ejercicio 2009 conlleva una sanción que puede ser del 50% de la cantidad no declarada.
Hola buenas tardes, es correcto la situación planteada. Sin embargo me queda una duda, ¿debo de hacer una complementaria del IS 2009 con la diferencia resultante que correspondería a ese ejercicio o por el contrario esa diferencia la puedo incluir junto a la cantidad resultante del IS 2010?
Gracias, un saludo
Legalmente se ha de hacer una complementaria, pero conlleva una sanción.
No debes incluir esa diferencia en la cantidad del IS del 2010 porque eso no te librará de la sanción. Por otra parte, si no se hace la complementaria existe la posibilidad de que Hacienda no detecte el tipo aplicado y pase desapercibido. Si pasan 6 ejercicios, prescribe, y si mientras hay una inspección, entonces habría que pagar la sanción, con la diferencia de que la sanción de presentar la complementaria sería reducida y en este caso ya no.
Hola buenas tardes, una cosita para terminar, ¿cómo es la primera vez que me pasa que me aconsejaría usted? ¿Lo dejaría pasar y esperar a que viniese la regularización de hacienda o haría la complementaria 2009? Para mas información le comento que la BI=22462,46? Y la cuota integra pasaría de 4492,49 al 20% a 5615,62 al 25%
Todo ello corresponde al Ejercicio 2009 que es el que se ha aplicado mal la deducción del tipo reducido.
Un saludo
Yo no te puedo aconsejar, porque pueden venir consecuencias de las que no me puedo responsabilizar moralmente. Lo único que puedo hacer es plantearte las dos opciones con los máximos detalles y que tomes tú la decisión.
Estaríamos hablando de una diferencia de 1.123,13 Euros de cuota, que sería la base para la sanción. En el caso de una complementaria y pagando en cuanto llegara la sanción, se reduciría al 20% de esa cantidad 224,63 Euros. Si la sanción fuese producto de una inspección posterior, se elevaría al 50% 561,56 Euros. Ambas más los intereses de demora correspondiente que no los tendremos en cuenta.
Por experiencia te diré que no es normal que se inspeccione a una empresa por el Impuesto de Sociedades, pero claro, no imposible. Hacienda actúa antes con el IVA. Pero también te diré que uno de los motivos que pueden implicar una inspección es la presentación de una declaración complementaria, así como la disolución de la empresa. No tengo estadísticas concretas ni tampoco sé si alguien lo ha estudiado, en cuanto a las inspecciones que hace Hacienda, los motivos que las mueven ni el alcance que suelen tener. Mis observaciones son fruto de la experiencia de más de 20 años administrando empresas de diversas actividades en mi provincia (Castellón), pero claro, hay tantos factores que pueden depender, que la variación de uno cualquiera puede dar resultados diferentes, (por ejemplo, estar en otra provincia diferente).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas