Excedencia cuidado de hijo

Me han facilitado tu correo en todoexpertos, a ver si me puedes ayudar.
Soy teleoperadora indefinida en una empresa de telemarketing pertenecía a una campaña y durante mi embarazo estuve de baja y me mandaron un burofax indicando que mi campaña finalizaba y me pasaban a otra. Actualmente estoy de baja por maternidad y posteriormente voy a disfrutar de los 15 de lactancia. Es decir que me tengo que incorporar el 5/05/09 justamente cuando finaliza la campaña en la que estoy en este momento porque se la lleva otra empresa (nota: la empresa ha indicado al comité que no va a despedir a nadie porque no quiere indemnizar ha dicho que nos van a recolocar donde sea) . Quiero pedirme una excedencia por cuidado de mi hija hasta mediados de septiembre, mi pregunta es ¿tengo asegurado mi puesto de trabajo por pedir esa excedencia durante el primer año de vida de mi hija o la empresa se puede negar a recolocarme alegando que no tiene trabajo?
Respuesta
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En un principio la excedencia es con reserva del puesto de trabajo durante el primer año. Si van mal pueden negarte la incorporación pero tendrán que demostrarlo y no podrán contratar a nadie de tu misma categoría profesional. Dado que trabajas en telemárketing no creo que te pongan problemas para reincorporarte, primero porque siempre suelen tener mucho trabajo y segundo porque a día de hoy las mujeres trabajadoras con niños pequeños como tú están muy protegidos por la ley, así que disfruta de tu hija al máximo en este tiempo y recuerda el mandar la carta de reincorporación con antelación y por burofax para que conste.
Muchas gracias por tu respuesta
Espero que te haya sido de utilidad. Puedes puntuar y finalizar la pregunta.
Hasta la siguiente pregunta.
Si me permites tengo otra duda, resulta que mi campaña finaliza el 5 de mayo y la empresa va a reubicar a todos en una campaña de venta con turno de tarde. La empresa tiene otra dos campañas en la que si existe el turno de mañana, pero alega que no puede reubicarnos en ellas porque no hay vacantes, en esas campañas hay personal fijo y de obra y servicio. La empresa en otra campaña que finaliza el 20/04/09 ya ha dado a los compañeros la carta en las que se le informa del cambio de turno y de campaña y a las madres con reducción de jornada por cuidado de hijos igualmente. A ellas se le ha aplicado el articulo 41 y si no estaban de acuerdo con los cambios les han dado 20 días por año de indemnización. Yo ya me he pedido la excedencia desde el 5/05/09 (justamente el día que acaba mi campaña) hasta el 17/09/09, el cambio de turno y de campaña lo tienen que preavisar con un mes, aun no han preavisado nada a nadie de la campaña. Mi pregunta es la siguiente ¿a mi me pueden preavisar algo teniendo encuenta que el cambio de campaña se haría estando yo de excedencia? ¿Me protege la ley por el articulo 46.3 para que no me cambien el turno al menos hasta que vuelva en septiembre ( ya que es posible que en septiembre la empresa haya conseguido otra campaña con turno de mañana)?
En un principio si estás de excedencia, ¿qué turno te van a cambiar? Cuando te vayas a reincorporar, tendrás que avisar a recursos humanos de tu reincoporación dentro de tu horario habitual y si en eso momento no existe campaña en ese horario te lo tendrán que avisar pero si han captado una nueva campaña de mañana podrás seguir en tu horario.

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