Días para solicitar el desempleo, en tiempo excedencia

En mi actual empleo voy a solicitar la excedencia por 4 meses para incorporarme a otra empresa. Si en la nueva empresa, no paso el periodo de prueba, ¿cuántos días tengo para solicitar el paro de la empresa en la que solicité la excedencia?
Es decir, cuantos días tengo para solicitar el paro, ¿si pido excedencia de 4 meses en la empresa? ¿Durante 15 o 20 días después del primer día de excedencia o durante los 4 meses?
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Tienes 15 días sin contar los domingos ni festivos, desde la fecha del último movimiento en seguridad social, que en este caso sería la empresa dos.

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Tienes 15 días desde la fecha de baja de la nueva empresa, no sé cuenta desde la de la excedencia, sino desde la nueva, ya que en excedencia no generas derecho a prestación, lo vas a generar por trabajar en otra. Tendrías que presentar la carta de excedencia en el INEM, ya que dicha prestación, cuando venza el tiempo de excedencia, te la van a paralizar a la espera de ver si te reincorporas al trabajo o te deniegan la incorporación, caso en el cual, se reactivaría la prestación.
No olvides finalizarla pregunta, si no tenens más dudas.
En base a su comentario :
"Tendrías que presentar la carta de excedencia en el INEM, ya que dicha prestación, cuando venza el tiempo de excedencia, te la van a paralizar a la espera de ver si te reincorporas al trabajo o te deniegan la incorporación"
En periodo de excedencia, dentro de los 15 días posteriores al inicio de la misma, Si presento la carta de excedencia al INEM y llevo más de un año trabajado, ¿tengo derecho a la prestación?
La excedencia voluntaria no es situación legal de desempleo, así que no se puede solicitar prestación, solo que si estando en excedencia, se trabaja para otra empresa, y se causa baja en esta, no por voluntad propia, entonces si estarías en situación legal de desempleo, y si podrías solicitar la prestación, en base también a los días cotizados en la que estas en excedente.
Al INEM, le has de presentar la carta de excedencia, cuando vallas a presentar solicictud de prestación, no antes, ellos saben que estas en dichas situación, ya que el INEM pertenece a ss. Ss y la empresa ha comunicado tu excedencia para no seguir pagando las cotizaciones, lo que no saben, es cuando se te termina, es por lo que has de llevar la carta.
Apreciado,
Es decir, que si causo baja ( no por voluntad propia) en la nueva empresa, ¿puedo solicitar el desempleo por la empresa en la que estoy en excedencia? ¿Aunque la causa de la baja sea "no haber superado el periodo de prueba"?
Exactamente :
http://www2.inem.es/prestaciones/web/asp/faqs.asp?proceso=pregunta&id=6063&descTema=REQUISITOS%20DE%20ACCESO%20A%20LAS%20PRESTACIONES miralo en esta pagina,que luegon no te diga que no en el INEM el empleado de turno.
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Si puedes excedencia es algo voluntario. Y si en la nueva empresa no superas el periodo de prueba no tienes derecho a paro.

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