Lo siento con el neto, sin saber el convenio, etc... ni idea... pueden aplicarte el IRPF que corresponde a todo el año o el que te corresponde desde abril o mayo ...
Eso tienes que preguntárselo a ellos... pero con el IRPF bien aplicado y teniendo que mantener el neto que te han dicho... a mi me parece que no está mal... aunque no sé si tienes pagas, está todo prorrateado! ...
Respecto al pluriempleo... puedes trabajar cuantas horas quieras pero debes vigilar que sumando la cotización de ambos salarios NO superas la base máxima... la responsabilidad es del segundo trabajo pero a instancias tuyas...
Se puede trabajar tantas horas como tiene el día, es decir, no existe un límite global para desempeñar actividades encuadradas dentro del mismo régimen. Yo puedo estar dado de alta ocho horas en dos empresas distintas (16 horas) en el régimen general sin ningún tipo de restricción legal. Los límites horarios se establecen por empresa, no por trabajador.
Se limita la base de cotización máxima en pluriempleo, por más horas / empresas que yo trabaje al día por régimen de cotización. Supongamos que yo trabajo por cuenta ajena en una empresa con la base máxima. Si me contratan en una segunda empresa, las cotizaciones entre las dos empresas para las que trabajo no pueden exceder la base máxima.
Este último detalle es importante en el caso de pluriempleo, más aún si nuestras bases de cotización son elevadas. La obligación de comunicación de este extremo a la Seguridad Social es la segunda empresa contratante a instancias del trabajador afectado por el mismo.