Despido estando de baja IT

Es una persona que esta de baja por depresión etc, y lleva 2 meses de baja. Con la nueva reforma laboral ¿se la puede despedir estando de baja? ¿Qué tipo de despido e indemnización le correspondería?

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Siempre se ha podido despedir estando de baja ...

A ver... cuidado... la reforma laboral mantiene las excepcions que ya existían y LAS bajas por enfermedad común declaradas por servicio sanitario oficial (baja de su médico de cabecera) y de más de 20 días consecutivos... esto quiere decir que se cuenta como ausencias varias bajas médicas, ´de menos de 20 días cada una y en un período determinado...

Si dicha persona tiene una baja médica de más de 20 días... NO SE CONSIDERA AUSENCIA respecto a poder hacer un despido objetivo...

Eso sí... la puedes despedir igual si estás dispuesto luego a pagar 45 días (45 y 33 según reforma) cuando declare improcedente el juez...

Hola,

Sabes de alguna página o algún teléfono de información donde pueda ver todos los tipos de despidos que hay actualmente y sus requisitos, información etc. Gracias!!

En el estatuto del trabajador tienes todo.. como te digo ESA es la legislación... aplicarla ya es otra cosa.. cuidado con aplicarlo literalmente.. que para eso están los jueces.

Los despidos que hay actualmente son los mismos desde hace años... OBJETIVOS Y DISCIPLINARIOS y denttro de eso pueden ser PROCEDENTES (que tienes razón y puedes probarlo) o IMPROCEDENTE (que no tienes pruebas de lo que dices)

En caso de PROCEDENTE son 20 días por año trabajado con max. 24 mensualidades

IMPROCEDENTE:; siempre han sido 45 días por año máximo 42 mensualidades, pero a partir de ref. Laboral desde el 12 de feb. Se calcula a razón de 33 días y máximo 24 meses (gente que estaba ya con 45, se calculan 45 por año hasta el 12de feb + 33 por año a partir de) aún así también hay un máximo ... que son pagar 720 días... si el calculo a día 12 de febrero equivalía a más de 720 días, pues se mantiene lo que tiene pero eso hace que se "CONGELE" la indemnización mientras no cambie la base de cálculo.

Y luego tienes los 33 días que eran de contratos de fomento de la c. indefinida... pero que el despido tiene que ser OBJETIvo ya que si no es objetivo hay que pagar igualmente 45.

En conclusión, para despedir un trabajador que lleva más de 2 meses de baja, ¿se le despediría como improcedente? O también se podría utilizar el despido por causas económicas ya que piden que en los 3 últimos trimestres consecutivos haya descendido el nº de ventas. Gracias

Jurisprudencia reciente dice que los 3 últimos trimestres tienen que haber descendido INGRESOS, no ventas... comparados con los mismos trimestres (trimetre a trimestre) del año anterior...

Sí, estando de baja lo podría hacer por despido disciplinario.. el improcedente tendrás que esperar que lo diga el juez... pero si asumes que no tienes motivos la indemnización a ofrecer en la conciliación será la de 45 días... y el juez lo declara improcedente y lo firmáis..

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