Despido por traspaso

El restaurante en el que trabaja a decidido rescindir mi contrato y el de mis compañeros basándose en las perdidas que este estaba dando durante estos últimos años.

Nos ha finiquitado la antigüedad(la mía es de 4 años y medio) y nos has pagado a todos a razón de 20 días por año, pagando la empresa el 60% y el 40% lo hará FOGASA,

Esto tuvo lugar el el jueves, 12/9/2013, recibiendo un cheque por dicho valor por parte de la empresa y firmando el justificante de recibo, pero la situación es que este lunes, 16/9/2013 el restaurante ha sido traspasado(o alquilado) y a nosotros no nos han contratado, mi pregunta es, esto es un despido improcedente por lo cual en vez de ser 20 días por año, ¿serían 33 o 45?

Respuesta
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Lo primero, comentarte que un despido improcedente también se puede pagar a 20 días. La razón está en la nueva reforma de la ley que dice que si la empresa puede demostrar una disminución de ingresos, puede acogerse al despido de 20 días. Imagino que es lo que le ha sucedido a tu empresa, que incluso ha cerrado. Lo que no me queda claro es si el nuevo restaurante es del mismo propietario o no. Si fuera del mismo propietario, parece un poco sospechoso todo pero si no es así, el nuevo propietario puede decidir a quién contratar.

Para que te hagas una idea, en mi actual empresa cuando despiden a alguien se acogen a los 20 días/año. Mi empresa sigue en pie y no se plantea cerrar pero sí que tiene un descenso de ingresos que puede demostrar. Acto seguido, el empleado despedido acude a un abogado que finalmente negocia con la empresa algo más de indemnización (23-25 días/año). No es gran cosa pero esto se puede hacer porque mi empresa sigue su actividad. Tu caso es diferente y no creo que se pueda intentar una mayor indemnización a no ser que ese nuevo restaurante esté en manos del mismo propietario.

cual es la situación entonces si pertenece al mismo propietario? he ido hace un par de días a C.C.O.O. y me han dicho que debería demandar

he preguntado a una compañera y el restaurante tiene otro propietario, entonces no se puede hacer nada no?

<p>Yo entiendo que no. La empresa cerró, os ha indemnizado tal y como marca la ley y hay poco que hacer salvo buscar nuevas oportunidades profesionales.</p>

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