Cambio de contrato

Hola, Buenos días:
Hasta hace varios días he estado trabajando en una ETT y ahora me contrata la empresa usuaria, me indican que me quieren mantener el mismo sueldo, yo trabajo 40 horas semanales, ¿y son 6,23? Brutos la hora, en el que van incluidos la parte proporcional de vacaciones y pagas.(¿Bruto anual son unos 11.300? Por 11 meses trabajando o lo que es lo mismo 1800 horas laborables). Me dicen que para calcularme el bruto anual y así poder seguir cobrando lo mismo y tener unas vacaciones retribuidas, me descuentan la parte proporcional del precio de la hora, por lo que se me queda en 5,81 y me dicen que me lo multiplican por 1800 horas, ¿qué salen unos 10.450?, que me indican que ese será mi bruto anual, dividiéndolo entre 12 meses, puesto que las pagas están prorrateadas, me indican que me lo multiplican por esa cantidad porque son las horas anuales laborables, por lo que considero que de esta manera no me están pagando las vacaciones, es más me las han quitado dos veces, la primera cuando me la han descontado en la hora y luego al multiplicarlo solo por las horas laborables y dividirlo entre 12 meses.A mi me da la sensación y así lo he hecho saber, que ahí falta sumar las horas de los 22 días laborables que me corresponden de vacaciones, por lo que quedaría en 1975 horas por el precio por hora, ¿5,81? ¿Y así si que igualo los 11.300? Que cobro anualmente bruto en la ETT, me gustaría saber quien está en el error, si la empresa o yo, si tienes alguna duda, mi correo es [email protected].
Gracias
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ESTHER lo primero que necesito conocer es provincia de la actividad categoría y convenio o en su defectoa aque se dedica la empresa, en cuanto tengamos esos datos te indico estoy a tu dispoooooooooooooooooooooooooo
Bueno, la provincia es Madrid y la empresa es una consultora, el convenio es el de consultoras planificadoras o algo así, el perfil que me han puesto es el de entrevistadora / encuestadora, puesto que soy teleoperadora y no aparece en el convenio, lo que querían o me han dicho en principio es que me igualaban el sueldo, puesto que en telemarketing, ¿el salario bruto por hora de un teleoperador es de 6.23? Con parte proporcional de vacaciones y pagas, espero que con esta información sea suficiente
Vale no me digas más es una mafia si efectivamente lo hacen todas como te dicen, lo siento.

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En primer lugar, no se que convenio posees, pero el ET establece un mínimo de 30 días NATURALES de vacaciones para el trabajador (viene a ser casi lo que me enuncias, o sea, 22 días laborales; de L-V), donde disfrutarías del tiempo por en función del tiempo trabajado. Me explico:
Es ilegal pagar las vacaciones (dudo mucho que el convenio establezca lo contrario), salvo en la liquidación (finiquito), si el trabajador no ha podido disfrutarlas... Por tanto, las vacaciones se reconocen como tiempo de descanso retribuido al trabajador, mientras éste NO ESTÁ PRESTANDO SERVICIOS A LA EMPRESA, por el tiempo del contrato... Por lo que durante ese tiempo de descanso, y al estar trabajando por horas, TU NO COBRARÍAS NADA. Por eso considero que no te las pueden descontar, salvo que decidan pagarte en ese mes de descanso, la mensualidad completa... Creo que me he explicado con suficiente claridad...
Pero independientemente del número de días de vacaciones que te correspondan por año trabajado, en función de lo que marque el convenio, tienes la solución a tu pregunta de manera sencillísima, en relación:
Consigue tu convenio de aplicación, localiza tu categoría salarial, mira en la tabla salarial (bruto anual) por todos los conceptos (pagas, salario, pluses, y vacaciones), y esa cuantía, divídela por el total de horas al año (que si estás en lo cierto, será de 1.800 horas) La cuantía resultante será la que corresponda a una hora de trabajo.
Cómo te indiqué anteriormente, cuando disfrutes vacaciones, no te pagarían mientras las disfrutas, ya que no estas trabajando. ¿Ok?
BUENO: también comentaste que trabajabas para una ETT, pues más claro imposible. Las ETT´s están obligadas a pagar lo establecido en convenio, por lo que si el convenio es el mismo, TU NO PODRÁS COBRAR menos en la empresa actual. ¿OK?

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