Exceso de velocidad

Hola, buenas tardes. Mi duda es por que en julio de este año me pusieron una multa por exceso de velocidad en una zona de 50 km/h, cuando yo circulaba a 112. ¿Me pararon un km más adelante y me comunicaron que la multa era de 430? Y un mes de retirada de carnet,... ¿pero qué si la pagaba antes de 15 días pagaría solo 300?.
El caso es, que la recurrí y pedí ver la foto. ¿No tuve respuesta de ellos hasta el mes pasado (noviembre)diciéndome que el recurso no iba adelante y que tendría que pagar los 430?. Por otro lado en el seguro me aconsejaron volver a recurrir, puesto que no me habían enviado la foto ni tampoco tuve otra noticia de ellos. Mis preguntas son:
1- ¿Están bien hechos los pasos hasta ah0ra?
2- cuendo tenga que pagar la multa,¿tendré derecho todavía al descuento del principio? O es que lo pierdo tras haber recurrido.
3- Te tienen que enviar la fotografía ¿no?
4- ¿Es cierto que el mes de retirada lo puedes escoger tú y que incluso puede coger una semana de cada mes hasta completar el mes?
5- ¿Cuándo prescribe la multa?
Muchas gracias y como decimos aquí ¡deica logo!

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1.-Si, debe realizar recurso de alzada ante la Dirección General de Tráfico, volviendo a solicitar la fotografía del radar, haciendo constar que si no se proporciona dicho documento no se puede probar la velocidad del vehículo en el momento de la infracción.
2.- Lo siento, NO tiene derecho al descuento del 30%.
3.- Teóricamente tienen que enviar la fotografía, si en el recurso de alzada no le hacen caso, tendrá que ir al contencioso-administrativo (es por la vía judicial, siendo el siguiente paso después del recurso de alzada), que según observo podría ser una opción aconsejable, pero le reitero que realice el "RECURSO DE ALZADA".
4.- Si es cierto, y solo es necesario comunicarlo por escrito, a la Jefatura de Tráfico correspondiente, llevando copia del escrito para que le den entrada y usted quedarse con una.
5.-3 meses, 6 meses y 1 año, si las sanciones son leves, graves o muy graves respectivamente, desde la notificación o última acción administrativa.
-Espero que mi respuesta le sirva de ayuda, si no es así puede realizarme las que estime oportunas.
Gracias por tu respuesta, aunque era lo que tenia entendido a pesar de que el guardia civil me comento que a pesar de hacer un recurso tendría derecho al descuento siempre que lo pagara en los 15 días posteriores de recibir respuesta

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