Bloqueo de una calle con un coche

Hola nikomc, a ver si puedes resolverme esta duda. Me han comentado que un vehículo puede bloquear una calle mientras aparca, por ejemplo mientras se habren las puertas del garaje o el propietario tiene que abrirlas para introducir el coche, no superando un tiempo de más de 3 minutos bloqueando la vía. Sabes si esto es más o menos cierto o si de existe alguna norma al respecto.

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Nadie puede bloquear una vía, ya que impide la libre circulación de los demás vehículos. Si tiene que abrir una puerta, ya se considera estacionamiento porque abandona el vehículo, por lo tanto tiene que estacionarlo adecuadamente.
Puede efectuar una parada, siendo inferior a 2 minutos pero sin abandonar el vehículo, para dejar o subir personas o cosas (ley 19/2001).
Legislación al respecto:
Real decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
(BOE núm. 63, de 14 de marzo de 1990), en su redacción dada por la Ley 5/1997, de 24 de marzo (BOE núm. 72, de 25 de marzo de 1990); por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos (Disposición final cuarta) (BOE núm. 22, de 26 de enero de 1999); por la Ley 11/1999, de 21 de abril (BOE núm. 96, de 22 de abril de 1999); por la Ley 43/1999, de 25 de noviembre (BOE núm. 283, de 26 de noviembre de 1999), por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre (Disposición adicional vigésima octava) (BOE núm. 312, de 30 de diciembre de 1999); por la Ley 19/2001, de 19 de diciembre (BOE núm. 304, de 20 de diciembre de 2001), por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre (BOE núm. 313, de 31 de diciembre de 2003), por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre (BOE núm. 306, de 23 de diciembre de 2003) y por la Ley 17/2005, de 19 de julio (BOE núm. 172, de 20 de julio de 2005).
67. Parada: inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor pueda abandonarlo. (Redactado conforme a la Ley 19/2001)
68. Estacionamiento. Inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o parada.
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Gracias por la respuesta, me ha sido de gran ayuda y lo mejor es que me has dado la referencia de los BOE para buscar la información concreta. Un saludo ;-)

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