Hola pelu6, a ver si puedes resolverme esta duda. Me han comentado que un vehículo puede bloquear una calle mientras aparca, por ejemplo mientras se habren las puertas del garaje o el propietario tiene que abrirlas para introducir el coche, no superando un tiempo de más de 3 minutos bloqueando la vía. ¿Sabes si esto es más o menos cierto o si de existe alguna norma al respecto? Gracias.
Respuesta de pelu6
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pelu6, Soy Policía Local desde hace 30 años, especializado en la...
En primer lugar y en teoría, digo solo en teoría, no se puede bloquear una calle, es decir, no se puede impedir la circulación de los demás vehículos, en el Reglamento General de Circulación, no existe ningún artículo que indique que si se pueda hacer. Es más en el artículo 91 dice que "La PARADA y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación... En cuanto a lo de los tres minutos que comentas, antiguamente en el Código de la Circulación (ya derogado) si existía una norma que permitía PARAR por tiempo no superior a dos minutos en lugares donde se prohibía el estacionamiento siempre que no se obstaculizara la circulación Ahora bien si llegas a un lugar donde no hay estacionamiento o lugar para parar, y necesitan bajar viajeros, no creo que nadie te denuncie por detenerte por el tiempo imprescindible para que suban o bajen, al igual que si te paras en el centro de la calzada a esperar que se te abra la puerta del garaje, es de sentido común que no te denuncien. Otra cosa es que habiendo sitio para detenerte en un lado de la calzada, por costumbre comodidad tu lo hagas en el centro, te bajes del turismo y habrás las puertas del garaje. En este caso sí que hay lugar para detenerte sin obstaculizar la circulación. También es probable que alguna Ordenanza Municipal contemple esta posibilidad, aunque no lo creo. Para ello deberás ver la ordenanza de tu municipio.