Multa exceso de velocidad.

Hola. El día 31 de Enero me paró la Guardia Civil y me dijeron que me paraban porque el radar había detectado un exceso de velocidad en un lugar marcado como 70 la velocidad máxima y según me dijeron yo iba a 84 km/h. En ese momento me multaron y me dieron una copia del boletín de denuncia, el cual yo no firmé.
Mi primera pregunta es : ¿Desde cuándo empieza a contar el plazo de los quince días para aplicar el descuento: desde el momento de ponerme la denuncia o desde que me llegue la notificación a mi domicilio?
¿Cuánto es el descuento que se me aplica en caso de pronto pago?
Y lo más importante: ¿Cómo puedo yo reclamar la fotografía?
El domicilio que tomaron no es el actual y yo tampoco me di cuenta del detalle hasta el día siguiente. ¿Es posible que no me llegue la denuncia y así eludir el pago ( 140? Y 2 puntos ) ¿O al haberme parado y tener yo la copia del boletín es como si ya me hubieran notificado la denuncia?
Espero que por favor me aclaréis estos puntos para saber a que atenerme y obrar lo mejor posible.
Un saludo.

1 respuesta

Respuesta
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Voy a responder una a una todas tus dudas, espero no dejar ninguna.
La denuncia se considera notificada en el momento que la guardia civil te ha identificado como conductor, el hecho de firmarla es un mero tramite que no afecta a la notificación.
El descuento si no creo mal es de un 30% de la sanción. Para reclamar la fotografía tendrías que recurrir la denuncia, te mandarían la foto pero perderías el descuento y te aseguro que no conseguirías nada.
Lo del domicilio es un problema para ti, no para trafico, ya que si no te localizan en ese domicilio, trafico publicaran la sanción en el Boletín del Estado y tendrá el efecto de notificada, y cuando hagas la declaración de hacienda te descontaran la sanción.
Muchas gracias experto y tus respuestas me han aclarado al 100% todas mis dudas.
Respuesta totalmente satisfactoria.
Muchas gracias de nuevo y un saludo.

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