Multa de aparcamiento

El quince de enero aparque mi coche en el acera. Al volver al vehículo encontré una multa de la policía local. En la papeleta no aparece el numero de expediente y además afirma que si pago la multa antes de 30 días se reducirá la sanción en un 30% sin embargo tengo entendido que a partir de enero este periodo se reducirá a quince días pero con una reducción del 50%. ¿Puedo recurrir la multa con alguno de estos dos errores para evitar pagarla? Gracias y un saludo.

3 respuestas

Respuesta
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Si pagas la multa dentro de los primeros quince días, puedes acogerte a la nueva normativa y abonar solo el 50 %, por el contrario si pagas en los segundos quince días podrás interpretar como válida la norma que recoge la "papeleta", no creo que por los "errores" que mencionas prospere el recurso.
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- Lo del 50 % todaia no se ha aprobado. Eso si que es seguro.
- El tema de numero de expediente... hum. Es un poco raro. Porque todo procedimiento administrativo (una multa lo es) debe llevar un numero de expediente. Incluso el boletín de multa debe llevar un numero por algún lado. Ese numero se relacionara después con el numero de expediente que figura en la administración.
Puedes reclamar, pero no tienes muchas posibilidades. Podrías reclamar por un tema de que estacionaste por temas de urgencia (Por ejemplo que tenías que bajar a un familiar que tenia un problema médico y no podías estacionar lejos del lugar. Adjuntando algún tipo de informe que certifique esto. No se algo así, tendría más posibilidades que el tema del numero de expediente.
Suerte!
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Lo del descuento todavía no se aplica, tiene que entrar en vigor. Lo de que no tenga numero de expediente puede ser dependiendo de la policía local. Los motivos que expones no son motivos para alegar un defecto de forma. Consejo: paga ya y ahorrate un dinerillo.

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