Alquiler piso

Hola otra vez. La consulta que te quiero hacer el la siguiente:
Mis padres tienen desde hace 6 meses alquilado un piso a una familia y no los pagan nada. La familia siempre dicen que van a cobrar un cheque que el mes que siguiente pagan y así siempre. El caso es que hoy los hemos llamado para decirlos que ya no podemos seguir pagando además sus gastos de agua, luz, etc y encima nos dicen que hagamos lo que queramos porque si no tienen el dinero no pagan y tampoco se van del piso. Mi padre cuando los alquiló el piso los cobro una pequeña fianza (que por cierto es lo único que ha cobrado). La pregunta es ¿teníamos qué haber metido está fianza en algún sitio, haberla declarado o algo parecido? Hicimos un contrato privado con todas las condiciones. Un saludo y gracias de antemano

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Sobre la obligación de depositar la fianza depende de la regulación de cada comunidad autónoma, algunas establecen multas por no depositarlas, habrá que estar a la normativa de su comunidad autónoma
Respecto a los inquilinos pueden ejercitar los trámites para su desahucio al no pagar la renta
Mi comunidad es Castilla y León. ¿Dónde podría ver eso?
La ley la tienes aquí: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/cl-l2-1999.html, se tipifica como infracción grave no haber depositado esa fianza, y la sanción de 50.000 a 600.00 pesetas, evidentemente se trendría en cuenta el importe de la fianza
Es más que probable que los inquilinos desconozcan esta obligación, por lo que no os presentarán denuncia ante la administración
Lo conveniente es intentar resolver ese contrato como sea
Pues es que si que lo conocen porque ayer medio discutiendo por teléfono amenazaron con denunciar. ¿Cuánto plazo hay para depositar la fianza? ¿Podría depositarla ahora? ¿Dónde se depositan las fianzas?
El art 5 de la ley señala: El arrendador comunicará fehacientemente al arrendatario la realización del depósito en el plazo de un mes a contar desde la formalización del contrato, entregándole una copia del documento acreditativo del depósito
En principio debería haberse efectuado dentro del plazo de un mes desde la formalización del contrato
No puedo asegurarte que el deposito fuera de plazo este exento de sanción
Y exactamente ¿dónde hay que ingresar ese dinero? Claro de todas formas no habría manera porque el inquilino no cogería la copia y no tendría validez ¿no?
En tu Comunidad ha de realizarse en las Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León, en este enlace tienes la información: http://www.camaraurbanacyle.es/portal/content.asp?ContentId=633 
Y en este su localización: http://www.camaraurbanacyle.es/portal/content.asp?ContentId=626
Como ya te he comentado antes no puedo asegurarte que si haces el deposito ahora no te vayan a sancionar por hacerlo fuera de plazo
En cuanto a la forma de comunicarlo al inquilino si se niega puedes usar el burofax

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