Carga y descarga

Hola buenas noches quería preguntarte sobre una multa que me han puesto en carga y descarga estando yo dentro del vehículo. Me hicieron una foto desde el multacar y yo estaba dentro. Me han enseñado la foto y sale perfectamente el coche, ¿pero yo puedo para en un carga y descarga? ¿Cómo argumento que estaba yo dentro del vehículo? No me he fijado si salgo en la foto. La cuestión es que también mandaron la denuncia a casa y en el 1º intento estábamos ausentes, la 2º estábamos ausentes pero dicen que dejaron notificación(la cual no hemos recibido) y la 3º dejaron la denuncia como que la ponían en el boletín oficial de la provincia y estábamos de viaje lo cual se nos paso el tiempo para pagarla con el secuento del 50% la muta es del 19 de noviembre 2010 y esta ultima carta nos llego el 11 de febrero y la hemos leído el 7 de marzo.me han dicho que pongo una reclamación en correos, ¿soluciona algo? ¿Podre pagarla con el 50%? ¿Hasta cuándo tengo tiempo para pagarla sin intereses y todo eso? Un saludo y muchas gracias.

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La multas se pueden pagar con la rebaja del 50% si se pagan los primeros 20 días desde la notificación. Si a usates no se la ha podido notificar hasta ahora, los 20 días se cuentan desde la publicación en lel BOP. Cuando se pagan los intereses es cuando empiza la vía ejecutiva, o sea la notificación de apremio.
Ahora el plazo de pagar con rebaja del 50% ya ha pasado. Si la paga ahora será sin intereses.

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