¿Se puede recurrir esta multa?

Buenas tardes, acabo de tener un disgusto grandísimo. Le comento, esta tarde yendo con el coche de empresa, iría sobre 50-55 por una vía de 30. Llegando a un paso de peatones, se da la casualidad que una palmera que hay en la mediana de la vía, me tapaba a un peatón que ya estaba en la mitad del paso. Lo veo y freno. No lo he atropellado ni ha resultado herido de ninguna forma. Según la policía local he tenido una frenada de casi 18 metros y yo lo he medido y no llega a 11. Total, que me acusan de conducción temeraria, 500 y 6 puntos, y que no saben si su jefe en llegar ellos a comisaría, querrá llevarlo por vía judicial. Estoy muy asustado, he leído que pueden ser entre 3 y 6 meses de cárcel, por ir a 55 km/h, y no haber atropellado a nadie. ¿No hay forma alguna de recurrir? Me han hecho la prueba de alcoholemia y daba 0,0 y se han quedado ellos el resguardo. Me están aplicando el art. 3, apto. 1, opción 11 del reglamento general de circulación. Muchas gracias de antemano.

1 Respuesta

Respuesta
Pues lo primero recomendarle que se ponga en manos de un abogado especializado, que le estudie la documentación, si lo desea, puede encontrar información sobre nuestros servicios de gestión de multas en nuestra web http://www.abogadosedo.es/Multas.html
Como parece que ya ha sido notificado, tendrá que presentar recurso alegando los motivos que usted indica, y ver que resolución hay... según las pruebas aportadas, la ratificación de los agentes, etc...
Agradecemos valoración de la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas