Normativa municipal de aparcamiento autocaravana vulnera la ley superior ¿Qué hacer?

La instrucción 08-v/74 de la dgt y el ministerio de interior permite aparcar las autocaravanas igual que cualquier vehículo y aunque la instrucción dice que los ayuntamientos ordenaran el aparcamiento que esto no lo podrán legislar en contra, y en mi ayuntamiento de Santiago de Compostela si lo hacen.
¿que puedo hacer?

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Podrá recurrir la ordenanza reguladora de su municipio, que presuntamente es contraria a la normativa sectorial. Para ello deberá interponer un recurso primeramente en sede administrativa municipal y posteriormente ante el contencioso-administrativo.

Muchas gracias por la respuesta..¿como sede administrativa puede ser por ejemplo donde conceden las tarjetas de residentes de aparcamiento?
Gracias de nuevo

Como sede administrativa, me refiero al Ayuntamiento en General, presentando un recurso administrativo, ante cualquiera de los registros generales de la corporación o ante los registros generales que la Xunta o el Estado tengan en Santiago.

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