Traspaso local

¿Quería qué me orientaseis en que derechos y deberes tengo cuando alquile un local donde hice toda obra ya que era diáfano, sin luz, aguas, ni suelos ni techos etc, ahora por motivos personales lo quiero dejar y no se que derechos y deberes tengo con el arrendador, ni tiempos de traspaso, si me voy dentro de 3 meses pierdo el derecho de traspaso? Puede pedirle al arrendador algún traspaso ya que le dejo el local acondicionado, lo hice hace 5 años, ¿puedo vender todo que he instalado si el no me quiere dar nada? Aireacondionado, calefacción, baños etc.
Bueno no se si me he explicado bien pero si necestais más información os daré toda que necesitéis, gracias

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Para los contratos celebrados al amparo de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, existe la posibilidad de ceder el contrato de arrendamiento o subarrendar el local sin contar con el consentimiento del arrendador, pero no traspasarlo, salvo que dicho contrato sea de fecha anterior a 31/12/1994, que se regirán con la antigua ley de 1964, simplemente porque el legislador no ha incluido en la Ley esa posibilidad.
Es más, el art. 23 de dicha Ley, establece que no se podrán realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o local.
La única posibilidad que existe es la "cesión del contrato" o el "subarriendo", en la que el arrendador tiene derecho a una elevación de renta del 10% de la renta en vigor en caso de producirse un subarriendo parcial, y del 20% en el caso de la cesión o subarriendo total.
Si usted le ofrece la posibilidad de que se queden las mejoras incorporadas al local y llega a un acuerdo, miel sobre hojuelas. Por el contrario si le manifiesta que no le interesa o simplemente le dice que no, puede usted retirar todo lo que haya costeado con su peculio.
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