IVA SOPORTADO en actividad sanitaria

He alquilado un local para clínica de fisioterapia. El arrendador me cobra el IVA por el alquiler. Al ser sanitario no cobro el IVA a mis clientes pero quisiera saber si puedo deducir el IVA soportado del alquiler al estar asociado, creo que evidentemente, a mi actividad.

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Respuesta

Si solamente realizas operaciones exentas de IVA (sanidad), no tienes derecho a deducir el IVA soportado en tus compras de bienes y servicios, y el IVA constituirá más gasto de la actividad.

Si te cobran de alquiler (por ejemplo) 100 euros más IVA (21 €), el gasto será el total, los 121 euros. (Las retenciones no las consideres para esto)

No obstante, una cosa que si te aconsejaría es que revisaras la exención. Aunque normalmente consideramos exenta cualquier actividad sanitaria, no todas lo están, y en la fisioterapia puede ser frecuente esta situación.

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