Duda Provisión fondos Cancelación Registral

Estoy con los trámites para la venta de mi piso y mi situación es la siguiente:

1.- Firmamos el mes que viene.

2.- El piso era mio y de otra persona pero en 2008 amplié hipoteca, cambié de entidad traspasando la hipoteca y quedé como propietario único.

3.- En aquel momento, no hice la cancelación registral de la antigua entidad bancaria

Ahora el banco me dice que no hay ningún problema para la venta,, pero que tendremos que hacer dos cancelaciones registrales, la antigua (que está cancelada económicamente pero no registral) y la actual, que cancelaremos económica y registralmente.

Me piden de provisión de fondos 1600 euros.

Mi pregunta es: ¿Es normal esa provisión de fondos? He leido bastante por internet pero no me queda claro en concepto de que me cobran, es decir, si el importe es fijo, si depende del valor de la hipoteca... El banco me habla de unas tablas, pero honestamente no lo comprendo, por que luego leo en internet que el trámite realmente solo implica el cobro de lo que es la gestión en si, es decir, que lo que sería la cancelación propiamente dicha no tiene un precio a pagar.

¿Alguien podría ayudarme a aclarar los conceptos?

No contaba con este gasto y me estoy agobiando muchísimo.

Respuesta
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Todo va correcto.

1.- La 1.ª hipoteca no se registró.

2.- La 2.ª fue una ampliación (que no se registra hasta que no se termine de pagar).

3.- Como va a vender la casa hay que registrar la cancelación de la 1.ª y la 2.ª.

4.- Después será La compra-venta.

5.- Finalmente la constitución de la hipoteca del comprador.

Por tanto, tiene que pagar para cancelar las hipotecas: dos notarios, dos gestorías y dos registros de la propiedad, más el IVA. Estos gastos suponen el 1,08% aproximadamente del precio de venta del piso. Si el precio fuera 150.000 el 1,08% serían 1.620 euros. Pues le han hecho una provisión de fondo bastante exacta. De todas formas si sobra dinero se lo devuelven y si falta se lo piden.

Muchas gracias por tu respuesta! 

Ahora que lo estoy pensando... Cuando comentas lo del 1.08% aprox del valor de venta, ¿te refieres al valor de La venta que efectúo el mes que viene? ¿O un 1.08% aProx de cada una de las dos cancelaciones? Por que entonces la cosa cambia... No se si me explico... Si la hipoteca no cancelada registralmente era de 150 y se amplió a 180, y se vende por 170... ¿Sería un 1.08% de 170? O de 180 y 170?

Por otro lado, si es el mismo banco quien propone la gestión, ¿realmente me cobran como dos operaciones diferentes?

Es un cálculo muy aproximado porque yo no tengo las tablas exactas. De la cancelación de una hipoteca se paga la:

-Comisión de cancelación del banco.

-El notario

-La gestoría

-El registro de la propiedad

-El IVA de cada uno de lo anterior.

Eso va con las dos teniendo en cuenta el capital prestado. De la primera un 0,54% y de la segunda otro 0,54% que al sumarlo me ha dado un 1,08% en total de las dos hipotecas. Claro, exacto no se lo puedo decir porque los bancos trabajan con notarios y gestorías negociando el cobro.

En resumen, como no sabía el capital de las hipotecas, usé un valor de venta supuesto.

Pero cuando venda la casa tendrá que pagas la plusvalía y el impuesto de Hacienda, pero para ese momento ya tendrá el dinero de la venta.

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