Cambio de ventanal que no tiene arreglo

Antes de realizar la pregunta quisiera partir de la siguiente premisa.

“Los ventanales son elementos comunitarios de uso privativo (Código Civil Art. 396) y añado, cada propietario cuidará de su mantenimiento”.

Pregunta.-

¿Si los ventanales de la fachada del edificio se tuvieran que cambiar porque no tienen arreglo, quien tendría que hacerse cargo de este cambio?, ¿La comunidad en su conjunto o los propietarios particularmente cada uno su ventanal?

En caso de que la opinión entre los propietarios estuviese dividida, respecto a quien le toca pagar los ventanales, ¿se tendría que resolver votando?

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Respuesta
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www.ventanasqueahorran.com

Hola Joanlherba,

Los ventanales, se tiene que ocupar el propietario de la vivienda de el, tanto de su mantenimiento, como de su sustitucion en caso de ser necesario.

A lo que se refiere con que son elementos comunitarios, es que son elementos esteticos y/o estructurtales que no se pueden modificar si esta la fachada protegida o no se pueden modificar y el consentimiento de la comunidad de vecinos.

Si los ventanales hay que cambiarlos, tiene que hacerse cargo el propietario de cada vivienda.

Cosa distinta es que toda la comunidad se ponga de acuerdo para cambiar todos los ventanales y podais conseguir beneficios por este hecho, pero nada mas.

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