Impago a empresa por no estar firmado contrato

En una comunidad de propietarios se acuerda en junta realizar una obra de poceria y pagarla durante un año, "echamos" al administrador cambiamos de presidente y éste deja de pagar a la empresa alegando que como no está el contrato firmado con los poceros ni tampoco está firmada por el anterior presidente el acta que no los paga. La empresa nos quiere denunciar dado que está el trabajo hecho, ¿la pregunta es qué posibilidades tiene en un juzgado de que le paguemos toda la obra si no hay nada firmado?, repito, la obra está hecha y la anterior presidenta ahora no quiere firmar nada por no meterse en lios.

2 Respuestas

Respuesta

Un acuerdo verbal o escrito siempre es un acuerdo, y como norma se debe respetar. El que el contrato no esté firmado puede ser simplemente una cuestión de confianza, que a mi modo de ver y como administrador no lo encuentro correcto, pero la ley no especifica que los acuerdos siempre deben estar por escrito.

Según leo, el Presidente a dejado de pagar, esto significa que ya ha pagado una parte o partes del presupuesto, por tanto es un punto más a favor de la empresa.

Mi consejo es que no hagan el "tonto" y firmen el presupuesto o contrato que a fin de cuentas es lo que han pactado, ya que si lo lleváis por la justicia no veo claro que tengáis muchas posibilidades de ganarlo.

Respuesta

Pues sinceramente, la empresa hizo muy mál comenzando las obra sin tener un contrato firmado.

La empresa tiene derecho a denunciaros, porque todos tenemos derecho a denunciar a quien nos apetezca, otro tema será que gane y que el juez le de la razón.

Tiene que haber un presupuesto claro de las obra a realizar.

Tiene que haber un acuerdo específico de la comunidad para ejecutar las obras. Si alguien les dijo verbalmente que podían empezar, será responsabilidad del que les autorizó sin el acuerdo de la comunidad.

Además, la comunidad puede alegar que hicieron las obras sin tener licencia ni permisos municipales.

Con lo que me comentas, no veo nada claro que la empresa pueda cobrar ese trabajo. A no ser que existan documentos firmados por el anterior administrador que desconocéis o algo similar.

El acuerdo sí que lo hubo lo único que no se firmó el contrato  ni las actas pero si lo acordamos , lo podría haber firmado el antiguo administrador?

Si en realidad si hubo acuerdo, y cuando se tomó el acuerdo el administrador estaba autorizado para la firma de esos contratos, entonces si que creo que la empresa tiene razón en reclamar las cantidades adeudadas por las obras realizadas.

Si tenéis dudas, yo creo que lo más correcto sería realizar una consulta jurídica con un abogado, para que en base a toda la documentación que tenéis, os asesore adecuadamente.

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