Olvidar a anotar una aclaración en un acta.

En una reunión de Marzo del año pasado se nos olvido apuntar una aclaración,¿se puede subsanar el error? ¿Y cuánto tiempo tenemos?

2 Respuestas

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Si no hay ningún problema art. 19.3 Ley de Propiedad Horizontal

El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.

El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9.

Serán subsanables los defectos o errores del acta siempre que la misma exprese inequívocamente la fecha y lugar de celebración, los propietarios asistentes, presentes o representados, y los acuerdos adoptados, con indicación de los votos a favor y en contra, así como las cuotas de participación que respectivamente suponga y se encuentre firmada por el presidente y el secretario. Dicha subsanación deberá efectuarse antes de la siguiente reunión de la Junta de propietarios, que deberá ratificar la subsanación.

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Yo creo que desde marzo es mucho tiempo.

Lo que deberías de hacer en la siguiente reunión es comenzar la misma con una corrección de errores del acta de Marzo, indicando que es lo que se va a incorporar, para dar cuenta a todos y que luego no existan malos entendidos.

Buenas tardes. El error fue anotar en ruegos y preguntas, con un problema con la comunidad lindante. ( llamamos en la reunión a la presidenta de la otra comunidad ) y delante de todos los presentes negó rotundamente que el vecino que estaba haciendo obras les pidiera permiso para realizar reformas y menos exteriores que nos afecta directamente a nuestra comunidad y  tampoco nos pidió permiso) los llevamos a juicio y la presidenta en la comunidad llevo el libro de acta y afirmo delante del juez que si les había pedido permiso. Por eso nuestro interés en poner las cosas claras.( escribiendo en su  último acta otra versión ).

Además le comente al abogado si tenia que estar presente y dijo que no hacía falta pero fui y mi sorpresa fue que era la primera testigo del demandado para declarar....hemos apelado el plazo son 20 días porque llevamos toda la documentación que el abogado me solicito. y llevo a un ( experto) sin consultarlo... Cuanto puede tardar la apelación?

Mi consejo y por mi experiencia en asistencia a juicios, es que no intentéis hacer chapuzas en un proceso judicial. Si en un juicio cuentas una mentira y se descubre, automáticamente toda tu declaración no tiene validez porque al cometer una mentira se pueden haber cometido más, y pierdes toda la validez de tu argumento.

Mi consejo, que no se si será compartido por todos, pero, mi consejo claro es que delante del Juez cuentes las cosas como ocurrieron, con la sinceridad de la verdad.

Has generado 2 preguntas del mismo tema, pero creo que ya te he contestado.

Perdona.  No me habré expresado bien, yo no mentí en el juicio fueron los demandados, y el problema del juicio es que yo estaba sola por la parte de demandante y ellos llevaron todos los vecinos de la parte que da a nuestro patio y luego prepararon el libro de acta. Después de consultar a la presidenta de la otra comunidad si le habían perdido permiso. La jueza no se leyó la documentación que aportamos por eso hemos tenido que apelar. ( no entiendo de leyes pero según la sentencia hizo más caso a los testigos que a la documentación aportada.

Por lo que estás describiendo, me da la sensación de que quién no os está llevando bien el tema es vuestro abogado.

Creo que estás en un punto donde quién te debiera de dar consejo es algún abogado de este foro, ya que considero que no estás ante un problema técnico, sino jurídico.

¡Gracias! Tiene toda la razón por eso estoy tan indignada. Agradezco todos los consejos que me habéis aportado a mi problema. Intentaré pedir algún experto jurídico en vuestro foro. Un saludo.

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