Son días laborables o naturales en una resolución del juzgado ?

Recurrí un monitorio por impago de comunidad de vecinos y resulta que el recurso no entro dentro de plazo, me contesta el juzgado diciendo que no puedo oponerme, ante esta resolución puedo formular recurso dentro del plazo de 20 dias pero no se si son días laborables o naturales desde que recojo la notificación en correos. En estos momentos no puedo pagar y mi intención es intentar ganar tiempo mientras consigo dinero para pagar antes de llegar al embargo. ¿Si recurro que pasos sigue el juzgado?

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Son días hábiles. Excluidos sábados, domingos y festivos.

Una vez notificado tienes 20 días hábiles para pagar

U oponerte. Si no pagas en ese plazo se abre la vía de apremio con intereses y costas.

¿No entiendo que quieres recurrir? ¿Por qué has presentado escrito de oposición fuera de plazo?

He mandado recurso fuera de plazo por error al calcular los días y querer agotar al máximo el plazo y parece ser que la fecha del juzgado donde se tramita era distinta del juzgado de paz do de yo recogi el exhorto. Quiero dejar claro que yo conté los días desde que recogí el exhorto y además lo que me interesa es alargar en el tiempo todo lo que pueda para mientras conseguir el dinero. Me podrías orientar como puedo hacer??? Pues no dispongo de abogado y estoy haciendo las cosas por lo que voy viendo en Internet.  Muchas gracias.

Habla con el administrador de la comunidad o con el presidente, ofrécele un calendario de pagos y será la mejor y más barata forma de solucionar el asunto

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