¿Cómo se anula un acta de una junta de vecinos?

Mi duda es si se puede anular un acta de una junta de vecinos de hace 3 años, me explico, hace 3 años fue la ultima junta de vecinos de mi comunidad de la cual yo era y soy secretaria pues no se ha vuelto a hacer más reuniones por problemas entre vecinos... El caso es que ahora se quiere reanudar la comunidad y en el ultimo acta que no esta firmado por nadie pone que se acordaron cosas e incluso hay votaciones ( de las cuales nos sorprendemos y ni nos acordamos, como por ejemplo perdonar a una vecina 15 años de cuota por dinero que supuestamente se la debe) y yo no estoy de acuerdo ni lo quiero firmar..( la mayoría tampoco esta de acuerdo) puesto que ese punto no era orden del día, no esta firmado por nadie, algunas de esas votaciones cuentan con gente que en esa reunión debía cuotas, no estábamos todos los vecinos presentes como para tomar esa decisión sin estar en el orden del día... En fin... Y la administradora dice que no se puede anular ese acta porque ha pasado ya el tiempo, da igual que este o no firmado, y aunque no este en el orden del día va relacionado en el apartado ruegos y preguntas. Quisiera saber si se puede anular de alguna manera sin pasar por el juzgado a der posible.

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Es complicado.

Si todos estuvieran de acuerdo (que no es el caso), no habría problema.

Que el Acta no esté firmada (aunque lo correcto es que sí lo estuviera) no la invalida.

Es cierto que no se pueden tomar acuerdos relativos a puntos que no consten en el orden del día y que esos acuerdos no serían válidos. Pero ustedes deberían haber recibido el Acta en su momento y, no estando de acuerdo con ello, deberían haber impugnado los puntos que consideraban incorrectos o ilegales. En el caso de acuerdos que no fueran contrarios a la ley o a los estatutos de la Comunidad, el plazo para impugnar era de 3 meses, siendo de 1 año para los ilegales o contrarios a estatutos.

Ahora, esos acuerdos no se pueden impugnar y no existe el concepto de "anulación" de un acta.

Me temo que no tienen forma sencilla de resolver el asunto y, si están muy interesados en hacerlo, les recomiendo que acudan a un abogado.

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Malas noticias pues solo se puede anular esa acta pasando por juzgado y eso no lo sabrán hasta gastar unos denarios en consultas jurídicas ya que ese tema no hay legislación pero aún así es incierto un resultado favorable. Si persiste la idea de anular esa acta deberán demostrar que: 1.No había quorum para deliberar y decidir en esa reunión, 2.Qué vecinos asistentes estaban en mora y 3.Que los vecinos que votaron en su momento estaban en mora.

¿Y se puede anular solo el punto de perdonar a la vecina 16 años de cuotas porque ese punto no entraba en el orden del día? un saludo y muchas gracias

Bueno ya de anular ese acuerdo específicamente es un tema netamente jurídico porque durante estos años "se gozó el derecho de la condenación de la deuda"... y ya se vencieron los términos para impugnar ese acuerdo. Si bien es cierto que el derecho de la comunidad prima sobre el derecho particular fue la comunidad quien renunció al derecho que legítimamente tenía de cobrar esos dineros por vía judicial. Ahora bien la cosa será que las 3/5 partes de los coeficientes estén de acuerdo en iniciar un proceso jurídico para reclamar esos haberes a los que en su momento renunciaron. Mi recomendación sería que se den la pela y asuman que esos dineros ya los tienen perdidos porque no vale desgastarse en un proceso jurídico e invertir recursos de la comunidad en un asunto cuyo pronóstico final es incierto.

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