Vecino se niega a pagar avería

Vivo en el bajo de un edificio de dos plantas. Las dos viviendas tenemos acceso independiente.

No tenemos formado ningún tipo de comunidad de propietarios, ni estatutos de comunidad, ni presidente ni reuniones, nada. Como si fuésemos dos viviendas totalmente independiente. Sin embargo ahora tenemos un atasco en las tuberías de desagüe, que son comunes, y se inunda mi casa. Pero los vecinos del primero no quieren saber nada ni aportar dinero.

¿Cómo debo actuar?

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Aunque no tengan estatutos, ni hayan formalizado la Comunidad, es de aplicación la Ley de Propiedad Horizontal (http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906 ). Esta Ley establece que los propietarios están obligados a "Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización." (http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906#anoveno ) 

Como usted indica, tienen una avería en las canalizaciones de desagüe, que son comunes y, por tanto, su vecino tiene la obligación de contribuir a la reparación. Si se niega, repare usted, porque se trata de una urgencia y después reclámele a él su parte.

En cuanto al problema concreto que tienen ustedes, les aconsejo una limpieza de sifones de vez en cuando. De lo contrario, el problema se repetirá en el futuro.

En primer lugar, muchísimas gracias. 

Creo que sería necesario comunicar a mis vecinos la situación y presupuesto de la reparación mediante un burofax o similar? 

¿Cree usted que su vecino atenderá a razones, si va usted a explicarle que legalmente está obligado a pagar lo que le corresponde? Ésta sería la mejor opción, puesto que, de lo contrario, van a verse las caras en los juzgados.

Si no hay forma de que le haga caso, y no quiere pagar más en burofaxes de lo que le va a costar la reparación, le aconsejo mandarle un único burofax en el que le indique que, ante su negativa a contribuir a los gastos comunes, así como su inacción frente al problema del atasco, se ve usted obligado a realizar una reparación de urgencia (indíquele el coste de dicha intervención) y que, si persiste en su negativa a abonar la parte que le corresponde, procederá a reclamársela por vía legal. Llegado el caso, le aconsejo que se ponga en manos de un abogado, que le gestione esa reclamación.

Por cierto, si la inundación le ha provocado daños materiales, también es responsabilidad de la Comunidad. Por tanto, si no tienen ustedes un seguro comunitario (que imagino que no, puesto que no han funcionado como una Comunidad hasta ahora), su vecino también tendría que abonar su parte.

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Tiene vd una copropiedad con el otro vecino en cuanto a los elementos comunes de la finca, como son precisamente las tuberías de desagüe, y todos los demas que señala la Ley de Propiedad Horizontal, es decir todos los necesarios para el adecuado uso y disfrute del edificio, no susceptibles de titularidad individual, tales como el suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores; el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos etc (Art. 3 LPH)

Por dicho motivo debería llegar a un acuerdo estable y firmado con su convecino para atender al mantenimiento y reparación de sus elementos comunes, ya que de lo contrario deberán solventarlo en el juzgado y ya sabe "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes"

En primer lugar, muchísimas gracias. 

Si a pesar de toda la voluntad que ponga en llegar a un acuerdo, se niega a participar. Creo que sería necesario comunicar a mis vecinos la situación y presupuesto de la reparación mediante un burofax o similar? 

Gracias. 

Efectivamente, quizá debiera empezar por esa comunicación

¡Gracias! 

Quizá fuera bueno aprovechar esa comunicación para iniciar un procedimiento de solución de conflictos, acompañando un borrador o propuesta de estatutos de régimen interior entre vds., haciéndole ver también la conveniencia de plasmarlo en un acuerdo firmado por ambas partes, conforme al art. 5 de la Ley de PRopiedad Horizontal

Le ruego cierre y califique la consulta.

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