Instalación ascensor, uso mediante llave
En mi comunidad, somos 12 propietarios de viviendas, 3 por planta (bajo, 1ª, 2º y 3º) no hay locales ni garajes.
Actualmente, 5 de estos, queremos plantear a la comunidad la instalación de un ascensor, ya que técnicamente es viable y se cumplirían las normas urbanísticas correspondientes.
De entre estos 5, además hay varios con edad superior a 70 años.
La opción elegida para la ubicación es mediante ocupación parcial de un patio de luces, propiedad de la comunidad, pero del que corresponde el "uso y disfrute" al propietario de uno de los bajos, que como es de esperar, no está a favor de la instalación.
La formula escogida por el momento, que me parece menos conflictiva, es la de la construcción y mantenimiento de la instalación por parte de los interesados, reservándose estos, el derecho de uso (mediante llave)
Es posible, que en la reunión de la comunidad en la que se trate el tema, se obtenga una mayoría simple de votos, a favor de la instalación en las condiciones propuestas.
Creo tener bastante claro, a menos que alguien me corrija, que pese al voto mayoritario para aprobar esta fórmula, necesitamos la renuncia por escrito del propietarios que actualmente dispone del "uso y disfrute" de la parte del patio, en la que se va a instalar el ascensor.
¿Se consideraría en este caso, privación de derecho de uso al resto de propietarios, de un bien del que actualmente, no disponen?
En el caso de que la respuesta a la pregunta anterior fuera negativa, tengo también la duda en cuanto a la posible naturaleza, de la entidad jurídica que se podría usar para llevar a cabo el proyecto. Tengo entendido que una opción puede ser una sub-comunidad, pero entre sus requisitos figura la autorización del resto de propietarios para su creación.
¿Habría algún otro tipo de entidad, por ejemplo una comunidad de bienes u otra, que no requiriera una autorización unánime del resto de propietarios?