Obligación de facilitar acceso a reparación
El edificio de mi comunidad fue construido al mismo tiempo que el edificio de la comunidad de al lado, ambas por el mismo constructor. Como resultado de ello, algunas bajantes son utilizadas por ambas comunidades. El caso es que hace unas semanas mi vecino de abajo empezó a observar humedades en su cocina, que está sobre la mía. Lógicamente supuso que era una fuga de mi cocina, pero no es así. La fuga proviene de la cocina de la vivienda de la otra comunidad colindante a mi vivienda. Ambas cocinas están pegadas. El problema radica en que el seguro de la otra comunidadno logra localizar el punto exacto de la fuga. Suponen que estará en la conexión de la tubería del desagüe de la cocina con la bajante. Dicen que no tienen un acceso fácil a la conexión ya que la bajante nace en el tabique que separa las comunidades, justo debajo del suelo de mi cocina y baja por una tabique de mi vecino de abajo que separa la cocina de un dormitorio. Como indican que la pared es muy dura desde la zona del vecino de la otra comunidad, quieren hacerlo desde mi vivienda para ver si es más fácil. Pero claro, hay que agujerear el suelo de mi cocina justo debajo de la encimera y armarios de la cocina (hay que desmontar, etc). La bajante no pasa por mi vivienda, está debajo. Querría saber cual es mi obligación al respecto, si deben tratar de arreglarlo desde la vivienda causante del problema o desde la vivienda de mi vecino de abajo que tiene las humedades. ¿La opinión del perito y/o fontanero es vinculante? ¿No deben tratar de repararlo a través de la vivienda causante?