Puede la Comunidad de Propietarios solicitar cambio en el Catastro?

Un vecino de la la Comunidad en régimen de DH, tiene un solar rústico que viene en la misma ref catastral del edificio. Necesitamos adaptarnos a la realidad y que la huerta que está escriturada y registrada a nombre de uno solamente de los propietarios no esté añadida a la de la comunidad y que igual que tiene número Registro tenga ref catastral independiente. ¿Se le puede obligar por parte de la Comunidad o del Catastro?

3 Respuestas

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Entiendo por lo que comentas que esa parte vacía de suelo, no está incluída en la división horizontal del inmueble.

Porque si está incluida en la escritura de propiedad horizontal, entonces es una parte de ese inmueble, dedicado a suelo, igual que cada propietario tiene una vivienda y una o varias plazas de garaje, si hay uno que tenga un trozo de terreno, no hay nada ilegal en eso.

Si la finca no está incluída en al división horizontal, lo mejor es ir a la oficina de castastro que tengas más cercana y exponer este problema.

Lo primero sería tomar un acuerdo en la Comunidad para hacer estos trámites. Con ese acuerdo y la escritura de la división horizontal, acude a la oficina de castastro y solicita que abran un expediente de investigación de propiedades para poner esa parcela independiente en su referencia catastral.

Muchas gracias!!!, la escritura de Div Horizontal no incluye dicha huerta, tampoco pertenecen ni pertenecieron a la misma finca matriz, no se formó por div, ni agregación. Fueron compradas por separado y están escrituradas y registradas independientemente, solo catastralmente figuran unidas.

El acuerdo de la Comunidad está ya, lo que no sabía es que la Comunidad pueda solicitar abrir expediente de investigación. Hasta el momento el Catastro no da mas que respuestas inconsistentes y contradictorias y para cada una de ellas seis meses.

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La ley de propiedad horizontal no establece nada al respecto por tanto no podeis acojeros a ellos.

En Cambio la ley de Catastro en su art 40 indica que si fueran varios los obligados a aportar la referencia catastral, cumplida la obligación por uno, se entenderá cumplida por todos los obligados que pudieran concurrir con aquél.

Pero en este caso me hablas que el obligado es uno solo, lo más factible es llegar a un acuerdo con ese propietario

Muchas gracias por la respuesta, leeré el artículo 40. Por otro lado si la regularización ante el Catastro es de obligado cumplimiento, puede dicho vecino por capricho no legalizar la situación?, tiene abierto expediente desde hace 6 meses.

Y el Catastro, no puede obligarle a regularizar la situación, dada cuenta de que tiene escritura y Registro a su nombre exclusivamente?

El catastro puede comprobar si se ha abierto dicho expediente bajo voluntad propia pero mientras no lo haga...

Yo en su lugar probaría a consultar a un abogado a ver si hay algún otro modo de solventar el problema.

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Si en el Registro de la Propiedad aparece como finca independiente, el titular registral debería solicitar del Catastro que se corrija ese error de haberla englobado en otra finca catastral.

Muchas gracias, el problema es que al vecino pese a tener escriturado y registrado a su nombre parece que no le interesa ponerlo a su nombre en el Catastro y parece que no hay medio para obligarle, caso que no quiera. O lo que es lo mismo, a él no le interesa y al catastro no le importa. 

Pues si al interesado no le interesa el asunto mala solución tiene, la Comunidad tendría que acreditar su condición de parte interesada para promover la subsanación del error

¡Gracias! , la Comunidad ya acreditó su condición de parte interesada y escrituras y certificado del Registro de que dicha huerta está registrada a nombre de otro, que por supuesto no realizó la regularización ante el Catastro.

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