Compra de piso : derramas no mencionadas y muebles que faltan.

Acabo de comprar un piso en Valencia, y como siempre en caso de compra de pisos, me encuentro con unas sorpresas :

- Resulta que el piso tiene derramas - unos 35 euro al mes además de los gastos de comunidad trimestral. Cuando pregunte al inmobiliaria si el piso tuviera derramas (la fachada siendo reciente pintada) o si algunas obras estuvieran previstas, ella me contestó que No.

Mi pregunta : ¿Cómo se puede solucionar este tema? ¿Soy yo que los tengo que pagar a partir de ahora? ¿Aunque no hayan sido mencionado desde el principio del proceso de compraventa? ¿Hubiera debido mencionarmelo la inmo?

Y segunda cosa :

- El piso estaba vendido con "cocina amueblada y equipa

Cuando lo visite, estaban incluidas lavadora y nevera combi. Al entrar en el piso una vez todo firmado en notaria, resulta que estas 2 cosas habían desaparecido. Antes de firmar, había insistido varias veces con la inmo (telefon y email) para que se queden estos electrodomésticos ya que la cocina esta vendida equipada... Me ha siempre contestado de no preocuparme, que si que se quedaran ...

¿Qué solución tengo si no me los quieren devolver? ¿Debo denunciar?

¿Qué responsabilidad tiene la inmobiliaria en estos 2 casos?

1 Respuesta

Respuesta

Con relación a las derramas usted debe pagarla a partir de ahora por ser el propietario, con relación a todo lo demás usted si tiene todo documentado puede pedirle responsabilidades a la inmobiliaria. Para lo cual deberá acudir con abogado y procurador al juzgado.

Gracias por su respuesta. 

que el que debe pagar la derrama son los propietalos en el momento de la aprobación... Y que hubiera debido ser mencionada la derrama en la escritura , que sino incurren el delito de "falsedad en documento publico".

Usted me lo puede confirmar?

No, no tienen porque decir nada, ellos tienen el certificado de deuda en el que consta que no tiene deuda a la fecha (supongo que lo tendrá o los habrá eximido de presentarlo). Tiene que saber que los recibos se emiten mensualmente por lo que son exigibles en el mes que se emiten y no anterior ni posteriormente.

Esto que usted nos cuenta pasa muy frecuentemente. Lo que tenía era que haberse asesorado con gente de confianza y haber pedido copia de las actas, hablar con gente de la comunidad y haberse informado de todo lo concerniente a la comunidad antes de comprar.

Justamente... no Han traído ningún certificado de deuda diciendo que están al día de Los pagos!

Y lo de derramas... si por ley tienen que pagar los propietarios en el momento de la aprobación, en entiendo porque los tendría que pagar yo!

Si no han traido el certificado y usted no los ha eximido no se ha podido firmar la escritura ante notario. Por otro lado no ha entendido lo que he dicho, aunque la derrama se haya firmado anteriormente las cuotas se generan posteriormente y así lo indica la ley que las debe de pagar el propietario actual.

Si he entendido perfectamente lo que usted ha dicho... Pero he leído en este mismo forum que el que tiene que pagar la derrama completa es el propietario en el momento de la aprobación.

Lo que no entiendo es la contradicción entre las dos informaciones.

Y en relación con la escritura, le confirmo que se ha firmado ante notario sin certificado de deuda.

Con relación a lo que haya leído decirle que los recibos de las cuotas son exigibles en el momento que se pasan. Por otro lado lea la escritura del notario y verá como el notario ha escrito que el comprador exime al vendedor de aportar la certificación de deuda.

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