Título de propiedad para tener derecho a voto en la Junta.

En mi comunidad, ha habido cambios estos últimos años, se han vendido algunos pisos, han fallecido propietarios de otros etc, por tanto no tengo certeza de quien obstenta la titularidad de la propiedad de algunos pisos, punto imprescindible a la hora de votar acuerdos en la junta o de ser nombrado presindente. Por tanto necesito tener una relación de quien es el propietario de cada vivienda en mi comunidad. ¿Este documento se lo he de pedir al actual presidente o es el administrador quien lo ha de emitir? Y de paso comentar que no tengo confianza en la palabra del administrador, por lo que no me bastaría con que me pase un listado de nombres sin más.. Yo quisiera que este listado venga acompañado de algún documento que verifique la titularidad de la propiedad.

Me resulta chocante que cuando entró este administrador a hacerse cargo de la comunidad, no haya requerido algún comprobante como el título de la propiedad de cada vecino.

Tengo otra duda sobre este tema: hay algunas vecinas que siendo las mujeres de los propietarios han actuado de presidentas. En algunos casos donde el propietario es mayor y ya no baja a las juntas, sino que lo hace su mujer. Y yo entiendo que aunque se hayan casado en régimen de gananciales, esto no les da derecho a ser presidentas ya que no son propietarias, al menos hasta que no fallezca el propietario y ellas hereden la propiedad.

También tengo mis dudas sobre una propiedad en proindiviso de varios hermanos, ¿puede actuar de presidente alguien en este caso sin presentar un documento reconociéndolo a él como representante del proindiviso?

2 respuestas

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La Ley obliga a los propietarios a "i) Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local.". No es obligación del Presidente ni del Administrador solicitar pruebas de la propiedad de cada vivienda. Salvo que exista notificación expresa, de cara a la Comunidad, no se produce un cambio de titularidad.

Si su Comunidad no es de fiar, puede usted acudir al Registro de la Propiedad y verificar la titularidad de cada una de las viviendas.

En cuanto a la elección de Presidente en caso de varios propietarios, cualquiera de ellos podrá ser nombrado y ejercer como tal. No precisa de ningún documento que le nombre como representante.

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La palabra de cada uno debiera ser suficiente . En caso de discrepar debiera presentar demanda en el juzgado.

¡Gracias! pero es una respuesta muy ambigua, sí estoy de acuerdo que debiera bastar la palabra, esto en un mundo ideal, pero en la comunidad donde habito, si me fio de la palabra estaría apañado.. por tanto se que tengo derecho a pedir que se demuestre la titularidad, solo quiero saber a quien he de dirigirme para hacerlo.

Nuevamente, y para corregir mi respuesta y no darle a equivocos y aclarárselo, da igual que usted desconfíe o diga lo que diga, la única manera es acudir al juzgado e impugnar los acuerdos en los que hayan participado esas personas, ya que ellos no tienen que identificarse con ningún documento ante usted.

Puede hacer lo que dice poliplos y acudir al registro de la propiedad pero con que ellos digan que su nombre es el que figura en el resgitro de la propiedad asunto resuelto.

Por lo que la respuesta sigue siendo la misma demanda y al juzgado con abogado y procurador, juicio de cuantía indeterminada, aprox 3000€ de gastos más las costas.

Cosa diferente es que usted puede comunicar que sospecha que esa persona es quien no dice ser en cuyo caso podría complicarlo un poco y presentar una denuncia por suplantación de identidad pero ya va a necesitar pruebas fehacientes de ello, pero es muy muy complicado y muy costoso económicamente.

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