Bienes privativos dentro de matrimonio en régimen de gananciales
Hace cerca de 5 años que me casé en régimen de gananciales. Antes de casarme, compré un piso en España con la que a día de hoy es mi mujer. En este piso tanto ella como yo aparecemos en las escrituras, aunque yo soy el que paga el 100% de la hipoteca a día de hoy.
Sin embargo, desde hace 10 años vivo en Reino Unido, ya nacionalizado como ciudadano británico, y hace 3 años decidí comprar una vivienda en Inglaterra a mi nombre, mi mujer no aparece en las escrituras y soy yo el que la está pagando al 100%.
Mi duda es cómo sería la repartición de las propiedades en caso de divorcio, y si ella podría reclamar el 50% de la vivienda de Inglaterra, aún sin estar presente en las escrituras, al ser adquirida la vivienda dentro de la sociedad de bienes gananciales que establecimos tras nuestro matrimonio.
¿Podría considerarse la residencia de Inglaterra un bien privativo?
Tenemos dos hijos menores en común, como información adicional, por si fuese una variable a tener en cuenta.