Debo pagar el sustituir una nueva puerta del parking cuando la actual funciona?

La semana que viene tengo junta de propietarios de la comunidad del parking, resulta que tenemos la puerta del parking que no queda a nivel de calle, es decir, se mete unos metros dentro de lo que sería el edificio, ahora hay algún propietario que quiere por capricho cambiar la puerta no se si por una nueva o trasladar la actual a nivel de calle, la puerta actual y en su ubicación actual funciona perfectamente y por tanto realiza su cometido, ¿la pregunta es si yo no estoy de acuerdo y se aprueba en junta estoy obligado al pago de esta obra? ¿En caso de que si que porcentaje de votos sobre los asistentes en la reunión es necesario para acatar el tener que pagar esta obra innecesaria?

1 respuesta

Respuesta
2

Por el artículo 17.4 de la LPH:

Si no es una actuación necesaria, sino una mejora, debe aprobarse por una mayoría de las 3/5 partes de propietarios y cuotas de participación. Si el coste de la obra supera el equivalente a las 3 cuotas ordinarias de gastos comunes, los propietarios que estuvieran en contra de dicha reforma (votando en contra en la reunión, si asisten, o manifestando su oposición al secretario, en caso contrario), no estarán obligados a pagar.

Hola poliplos,

Gracias por su respuesta,

Me surgen un par de dudas que le comento a ver si me puede ayudar a entenderlas,

Creo recordar que el número de plazas del parking es de unas 30 pero solemos asistir a las reuniones 6 o 7, entonces las 3/5 partes necesarias para aprobar esta obra es sobre las 30 plaxas o sobre las 6 plazas que asistan a esta reunión

Pagamos una cuota de 60 € al trimestre, entiendo si la derrama para esta obra supera los 180 € no estaría obligado al pago, correcto?

El único objetivo de cambiar o mover de sitio la puerta es a mi modo de ver una obra innecesaria ya que la puerta realiza su función tal cual esta , padece evidente que esta obra se puede clasificar como no necesaria verdad?

Gracias de nuevo

Saludos

"Creo recordar que el número de plazas del parking es de unas 30 pero solemos asistir a las reuniones 6 o 7, entonces las 3/5 partes necesarias para aprobar esta obra es sobre las 30 plaxas o sobre las 6 plazas que asistan a esta reunión"

La mayoría es sobre el TOTAL de propietarios y cuotas.

El texto legal es:

"No obstante, cuando por el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal."

"Pagamos una cuota de 60 € al trimestre, entiendo si la derrama para esta obra supera los 180 € no estaría obligado al pago, correcto?"

Correcto.

"El único objetivo de cambiar o mover de sitio la puerta es a mi modo de ver una obra innecesaria ya que la puerta realiza su función tal cual esta, padece evidente que esta obra se puede clasificar como no necesaria verdad?"

No lo puedo valorar. A priori, por su descripción, parecería que tiene usted razón, pero igual existen argumentos diferentes a los que usted expone que yo desconozco. Quizá la puerta, tal como se encuentra ahora, no cumple con la normativa (por poner un ejemplo).

¡Gracias! 

Gracias de nuevo, ahora tengo un poco mas claro por donde ir

Otra cosa, puedo ir al Ayuntamiento en este caso Barcelona para pedir que se realice una inspección en el parking para comprobar si se cumple la normativa actual ? ya se que si el ayuntamiento detecta cosas fuera de normativa va a exigir su adecuación pero lo que quiero saber si como propietario puedo pedir al ayuntamiento esta inspección.

Saludos

No. No creo que el Ayuntamiento atienda una petición como esa.

De todos modos, si quiere salir de dudas, hable con ellos.

Y, antes de nada, yo trataría de aclarar el tema primero con la Comunidad de Propietarios. Quizá le puedan explicar los motivos de la obra.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas