Bloque acogido a propiedad horizontal, tomar acuerdos sobre zonas comunes.
Tiene entrada que da a dos calles, una principal y otra secundaria, separada ambas por un piso de diferencia y todo el vecindario ha descubierto el tema y en vez de dar la vuelta a unos quinientos metros, pasa de una calle a otra por el propio bloque.
Estamos sufriendo de temas de suciedad en nuestros portales, gastos de luz al encender luces y utilizar r el ascensor, ya que una esta un piso más abajo que la otra, y lo que es peor problemas graves de seguridad, al entrar personas descontroladas.
La pregunta es ¿Podríamos sellar, para que no se utilice, la puerta que da a la calle secundaria? ¿Cuánto quorum necesitaríamos para tomar este acuerdo? ¿En qué articulo de la LPH se regula esta circunstancia?
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Respuesta de Poli Plos
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