Cesión usufructo sotabanco del tejado
En las escrituras de constitución del edificio, se indica que el sotabanco del tejado ( camarotes) está en usufructo del inquilino, por lo que no se puede vender, pero ¿se puede ceder? Yo no lo uso y hay alguien que le puede dar uso. Si vendo mi piso, el usufructo va asociado a la propiedad, por lo que seria necesario una cesión, pero que el otro inquilino pudiera disfrutar de ese camarote, sin que le afectara la venta de mi piso. ¿Es posible?
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Respuesta de Pedro abogado
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