Existe la creencia muy difundida de que si hace muchos años que el ventanuco se ha abierto, se ha adquirido un derecho de servidumbre de luces y vistas.
No es así exactamente. Si la pared fuera medianera y hay un hueco, se trataría de una pared que es de los dos, también de usted y por lo tanto se entiende que usted o los anteriores propietarios habían consentido el hueco, teniendo en cuenta que la parte de la pared que es de ustedes también tiene la abertura. En este caso se trataría de una llamada servidumbre positiva y, si hubieran pasado 20 años desde que se consintió, no podría hacer nada.
Pero si la pared es toda del vecino, no se considera que haya una servidumbre, sino que se se trata de mera tolerancia. Esta servidumbre se llama negativa y para que se adquiera el vecino debe prohibirle a usted formalmente que le tape la luz y vistas y a partir de este momento, si usted tolera el ventanuco, empieza a contar el plazo de 20 años para la prescripción. Si no hay constancia de un documento así, el plazo ni siquiera ha empezado a contar, por más años que hayan pasado.
Ahora bien, si hace más de 30 años que el ventanuco está ahí, ha prescrito el plazo para obligarles a cerrarlo, pero usted sigue teniendo derecho a construir un muro en la parte de usted y cegar esa abertura.
En resumen, usted tal vez ya no está a tiempo de hacer que cierren el ventanuco, pero puede hacer un muro sin abertura ninguna y taparlo.