Propietarios se niegan a pagar ningún gasto de comunidad

Recientemente he comprado un piso en una finca antiguamente familiar en Palma que esta divida en 4 propiedades según la ley de propiedad horizontal ( 3 pisos y un local comercial) Los pisos tienen un 70% de la cuota según escritura repartido de manera casi equivalente entre tres ( 26%, 24% y 20%) y el local un 30%.

No existe comunidad de propietarios oficialmente constituida dado que hasta recientemente la mayoría de las propiedades ( 3 de 4) eran de la misma familia y además parece ser que la ley no obliga a ello si son menos de 4 propietarios.

Yo acabo de comprar un piso ( el 2°) y de acuerdo con el propietario del 3° nos gustaría adecentar la escalera y barandillas dado que se caen a pedazos y dan vergüenza. En la reunión de vecinos de los pisos que tuvimos recientemente, se decidió pintar y el del 1° también acepto contribuir. Sin embargo ahora el propietario del 1° y del local que son de la tan famosa familia se niegan a pagar nada alegando que ellos no usan esas partes comunes, que no viven allí, que no hay comunidad constituida y que ellos no la han ensuciado. La propietaria del local alega que ella no usa las escaleras. También alegan que ya pintura una vez ellos solos hace mucho tiempo. Entre ellos dos suman el 56% de la cuota.

Mi pregunta es, ¿pueden estos personajes bloquear todo tipo de reformas necesarias y por tanto condenarnos a todos al mal estado de la finca sin más? Si la obra se considera '' necesaria'' ¿se les puede obligar judicialmente a pagar?

También se niegan a cualquier tipo de contribución a la limpieza de la finca.

Por ultimo, la luz de la escalera esta conectada a mi casa desde siempre dicen ellos ( la pago yo) y se niegan a cambiar eso ni a contribuir de ninguna forma a ello. El contador en el portal es del del primero y el paga el interfono. Parece ser que no existe un contador de la comunidad en si

¿Qué podemos hacer el propietario del tercero y yo para que esta gente entre en razón por las buenas o por vía judicial? Estamos llegando a los insultos...

Respuesta
1

En vaya berenjenal que se ha metido usted.

En primer lugar tendrá que ir al registro y solicitar la escritura de obra nueva del edificio. Ahí figurara a que gastos esta obligado a contribuir. Normalmente están excluidos de los gastos de escalera, por lo cual es factible lo que alegan acerca de los gastos de la escalera.

El que no exista comunidad no es excusa para no contribuir, ustedes no se regirán por la LPH, pero se regirán por el código civil.

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