Como debe escriturar vivienda heredara

Y antes de nada agradecer la ayuda

En 1992 mi madre compró el 50% de la casa familiar en navarra a su hermana mediante un contrato privado con usufructo vitalicio de la vivienda a favor de mi tia.

Mi madre falleció hace cinco años y mi tía aún vive.

Ahora debo formalizar la herencia y registrar la propiedad, al pasar más de cuatro años y medio no estoy obligado a pagar el impuesto de sucesiones ( prescritos ), pero no sé si será más ventajoso ( económicamente y papeleo/tiempo ) elevar a público el contrato privado y los impuestos que debería pagar, o comprar directamente la mitad de la vivienda a mi tía y escriturar.

Si elevo a público el contrato privado firmado por mi madre y tía me han dicho que debería pagar ITP del valor de la casa en 2017 y no del valor de ésta cuando se firmó el contrato en 1992 pero no me han sabido decir si se aplicaría el valor del usufructo de estos años.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude.

En nuestra opinión y sin conocer el caso concreto, debería hacer escritura de adjudicación de herencia, incluyendo el contrato de compra de su madre, para poder llegar a inscribir registralmente esa nuda propiedad, pues su tía sigue teniendo el usufurcto.

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