Cambio de empresa con baja voluntaria

Mi empresa ha comprado otra compañía y es esta última la que gestionara el negocio en España, por lo que nos han dicho que debemos firmar un nuevo contrato con ella (con CIF distintos, mismas condiciones económicas, de horario, puesto, etc). Se entrega una baja voluntaria en la empresa anterior y se firma en el mismo momento el contrato con la nueva, con un anexo en el que se indica que se mantendrá antigüedad. Todo el mundo me comenta que debería ser una subrogación y no una baja voluntaria. ¿En qué puede afectarme firmar la baja voluntaria? ¿Qué pasaría si me niego a firmar el nuevo contrato?

Respuesta

Por supuesto que es una subrogación y no debes firmar nada, ni baja voluntaria ni nuevo contrato.

Estatuto de los Trabajadores

Artículo 44. La sucesión de empresa.

1. El cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente.

Que no te hagan el lío, lo que quieren es que firmes una baja voluntaria y luego ya verán si cumplen con las promesas, te pueden no contratar, contratar con antigüedad del día de la firma, cambiarte de labor y salario rebajando categoría profesional, en fin hacerte la cama como se suele decir.

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