Somos una comunidad de propietarios de diez personas la cual tiene ascensor pero una persona tiene llave para subir a su piso

Los de más no, esta eso permitido, también tiene cerrada la puerta que pertenece al descansillo suyo con llave

2 respuestas

Respuesta

Sea un poco más explicita, ¿qué quiere decir que los demás no usan el ascensor?

La finca tiene 17 años, de obra ya tenia ascensor, pero la persona de una planta en la cual tiene los dos pisos, osea dos únicas viviendas en ese piso es el que tiene una llave en el ascensor

Es que mira que cuesta expresarse, y hay que estar todo el rato preguntando.

Nos puede decir porque ocurre esto, ¿por qué lo han permitido? Dado que es completamenta anormal que hayan estado 17 años en esta situación.

¿Quién paga la luz del ascensor?

¿Tienen constituida comunidad?

¿Cuántos propietarios son? Como puede comprender comprender con dos renglones en una pregunta y n reglón en otra poca cosa podemos decir

¿Quién puso esa puerta?

La finca ya tenia ascensor, pero quien lo puso, el señor del ático o el promotor.

¿Cuánto tiempo lleva usted viviendo en la comunidad?

¿Pero el resto de la comunidad usa o no el ascensor?

No entiendo nada, una persona expone una pregunta, se le contesta con toda la atención del mundo solicitando más aclaración, bien la respuesta es el silenco.

Supongo que el problema sera un poco vanal y sin importancia para ella.

Pero bueno, aquí seguimos

Respuesta

¿La persona que tiene llave fue la única que pagó la instalación del ascensor?

Como decía, el ascensor ya lo tenia la finca, el señor tiene los dos pisos de una misma planta con llave en ascensor, con puerta de su rellano también cerrada con llave.. osea que en ese rellano no se puede entrar ni por ascensor ni por escalera

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