Derechos y obligaciones al casarte por lo civil.

Mi pareja y yo queremos casarnos, vivimos en diferentes municipios por motivos de trabajo, ¿cuándo nos casemos tenemos que tener el mismo domicilio? Y una vez casados, ¿qué derechos tenemos como matrimonio? Viudedad, herencia... ¿y por último es lo mismo casarse ante notario que por el Ayuntamiento?

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Lo primero, desearle a su pareja y a usted que sean muy felices y que coman perdices tras la boda. Cásense si se quieren y tienen un proyecto en común. Cuando uno de los dos muera el otro será el cónyuge viudo, con todos los problemas y todas las ventajas. Cuando tengan un domicilio familiar, se supondrá que ambos viven en el mismo. Y cuando encarguen a una nueva criatura, se supondrá que son, respectivamente, el padre y la madre. La convivencia no se evalúa en términos de ventajas e inconvenientes, sino en la aportación sentimental de cada cual.

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