Titularidad Vivienda en caso de Embargo

Vivo en Vizcaya y tengo una vivienda a medias con un familiar que tiene una orden de embargo sobre sus bienes. Ambos tenemos dicha vivienda como residencia habitual.

Mi pregunta es si dicha orden de embargo de sus bienes afecta a la vivienda o más concretamento si pueden obligarme a dar mi 50% para saldar sus deudas a pesar de que no tengo nada que ver con ellas.

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A usted no le pueden obligar a que pague nada de la deuda de su familiar.

Lo que puede ocurrir es que subasten el 50% de la vivienda perteneciente a su familiar y alguien la compre, con todas las implicaciones que ello puede conllevar.

Su familiar debería haber acudido a un abogado con anterioridad, ya que si hubiera extinguido el condominio antes del embargo no habría tenido estos problemas. Pero con el embargo imputado poco se puede hacer, salvo atenerse a una nueva situación en la que puede encontrarse en copropiedad con un desconocido.

Hay algunas opciones, que se pueden tomar una vez se analice la documentación; así pues lo que queda es acudir a un abogado que le ayude a proteger sus activos patrimoniales.

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