Reparación del mecanismo del portero eléctrico en una comunidad de propietarios.

¿Cómo se ha de repartir el gasto de reparación del mecanismo del portero eléctrico en una comunidad de propietarios, donde se ha reparado el mecanismo existente en la calle, a la entrada del edificio, y también se han repuesto los 14 telefonillos individuales existentes en cada una de las viviendas? ¿Se aplica la cuota de participación a la totalidad de los gastos o se divide el precio de los telefonillos a partes iguales entre los 14 propietarios? ¿Hay jurisprudencia?

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Doy por hecho que ustedes reparten los gastos generales de acuerdo a sus cuotas de participación. En ese caso, lo normal es que repartan de igual forma los gastos extraordinarios, como sería la reparación o sustitución del sistema de videoportero. No obstante, nada impide que, si lo acuerdan ustedes, puedan repartirlo de otro modo que les parezca más apropiado, como el que usted mismo sugiere. Ese reparto diferente al habitual pueden acordarlo por mayoría simple, por cuanto no implica una alteración de cuotas, título constitutivo o estatutos. Se trata de un acuerdo de mera administración.

El problema, en mi opinión, radica en que si ahora se asume el reparto de "todos" los gastos efectuados (telefonillos incluidos) únicamente considerando las cuotas de participación, nada impide que en el futuro, cuando, por ejemplo, lo que haya que reparar sea sólo un telefonillo en una vivienda, el gasto entonces lo tengamos que asumir el conjunto de la comunidad (con la injusticia que, para mí, supone asumir las "negligencias de uso" de un dispositivo que es privativo de un sólo propietario... No sé si me he explicado...

En absoluto. Ahora se reparte el gasto porque se hace una reparación o sustitución del conjunto. En el futuro, eso no implica que la avería del telefonillo de un propietario lo tenga que asumir la Comunidad. Y menos si la avería se produce por un mal uso.

¿Tan complicado es decir: "Señores propietarios, tenemos una factura de 780,00€, donde 500,00€ corresponden a las reparaciones efectuadas en el vestíbulo (placa, parlante, botonería, etc.) y 280,00€ corresponden a los 14 telefonillos individuales. Aplicamos cuotas de participación a toda la mano de obra realizada (vestíbulo y viviendas) y recambios necesarios en el vestíbulo (500,00€). Pero dividimos los 280,00€ entre 14 y cada vivienda abona su telefonillo"?...

Eso por no hablar de que habemos viviendas donde los telefonillos antiguos funcionan de maravilla, y sin embargo, sin necesitarlo, nos "tragamos con patatas" un telefonillo nuevo todavía envuelto en su plástico y caja... En fin... 

Supongo que se trata de un asunto menor, pero escuece un poco...

Perdón, no le había dado las gracias por su tiempo. Un saludo.

"¿Tan complicado es decir: Señores (...)"

No se trata de lo sencillo o complicado que sea DECIR una cosa. Se trata de que es la Comunidad la que decide cómo se hacen las cosas. No lo decide un propietario u otro. Las decisiones las toma la mayoría.

Si la mayoría ha decidido cambiar el sistema de videoporteros, se cambia. Si ese cambio no era necesario, y usted no está de acuerdo, y si el coste que supone supera el equivalente a 3 mensualidades de cuotas ordinarias, a usted no se le puede obligar a pagar su parte (si votó en contra del acuerdo).

Si el coste es inferior, debe asumir el gasto, porque la mayoría ha decidido realizar la mejora.

Aaaaamén!!!

Es lo que ocurre si se vive en Comunidad.

Por eso tengo mi telefonillo "nuevo y reluciente" preparado en su cajita para instalarlo en mi nueva casita y dejar atrás, como un mal sueño, la división horizontal y todo lo que implica... Insisto, gracias y hasta luego.

A su disposición.

Respuesta

Pasa que muchos de tus vecinos no querrán coperar. Pero en algunos casos yo he visto que se hace un comité y ponen un y ponen una tesorería para solventar gastos de este tipo se les cobra una cuota mensual a cada vecinos y se les entregará un talón de pagado. El que no esté de acuerdo se procederá a llevar el caso con el juez municipa y lo obligarán a pagar

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