Mi empresa se niega a pagarme el seguro colectivo por incapacidad absoluta.

En abril del año 2008 me dieron una IPT. Por convenio colectivo sigo cobrando además de la pensión un complemento de mi empresa que además incluye un seguro de vida e incapacidad absoluta.
En Enero del 2018 solicité una revisión por agravamiento y me han concedido la Incapacidad Permanente Absoluta con revisión en el año 2020.
La empresa se niega a pagarme el seguro porque dice que tiene que ser firme o por sentencia sin posibilidad de revisión . La póliza que me entregaron en su día no dice nada de ello a no ser que haya condiciones particulares que no me entregaron o haya alguna ley que diga algo de éste tema y yo desconozca. ¿Pueden negarse de ésta manera?

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Si, esto es así en todas las pólizas que conozco, cada una lo redacta a su manera, unas ponen que se entenderá firme cuando no se prevea ningún tipo de mejora, otros de irreversible u otros hablan de dictamen definitivo... pero todos vienen a decir lo mismo. Lo que comentas es habitual y si lees el condicionado general de tu póliza lo normal sería que en algún momento lo ponga.

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