¿Ante la negativa de CCPP a cumplir art. 10.2 de LPH y negativa del Ayunt a dar licencia sin acuerdo de CCPP qué hago?
Soy propietaria, mi hijo gran dependiente y he solicitado una ruta accesible entre la calle, mi vivienda y mi plaza de garaje con un presupuesto del 50% de las 12 cuotas de comunidad. Tras 2 años de Juntas de propietarios negándose reiteradamente he presentado demanda contra la Comunidad. La CCPP se niega y, aunque en teoría según la ley podría hacerlo y exigir después el pago a todos los comuneros, no puedo porque el Ayuntamiento no me dá la licencia sin el Acta de la Junta de propietarios con la autorización para las obras que yo pido. Sólo autorizan a hacer obras de accesibilidad pero sin definir ni aportar estudio técnico ni proyecto ni anteproyecto de una alternativa y negándose expresamente a realizar las obras que yo he solicitado por votación de 40 personas donde sólo hubo 2 abstenciones y mi voto positivo. Los demás votaron que no. Según el articulo 10.2 de la LPH, las obras solicitadas por un propietario de una vivienda, donde viva un discapacitado y sean ajustes razonables (importe no supere las 12 cuotas de comunidad repercutidas anualmente) son obligatorias y no necesitan acuerdo de la Junta. ¿Por qué el Ayuntamiento me lo exige? ¿Por qué el abogado de la Comunidad no ha aconsejado a la Comunidad informando sobre la obligación, sino que ha apoyado su postura? ¿Tengo derecho como propietaria a que el abogado de la comunidad me explique su actitud? ¿Y mientras tanto qué pasa con los derechos de mi hijo que no puede entrar ni salir de su propia casa (ni en la piscina a pesar de que llevo 20 años pagándola)? ¿Se vulneran sus derechos y yo me quedo mirando? Perdón por la extensión de la pregunta que al final son muchas.