Después de una ejecución de sentencia
He ganado una demanda a Royal Jordanian por una cancelación, no hemos hecho los tramites con abogado, si no solos. Lo último que enviamos al juzgado fue la ejecución de sentencia. Nos contesto el juzgado con dos documentos, uno un auto, el otro un decreto, en este ultimo documento, en la parte de abajo pone: " PARTE DISPOSITIVA" Se requiere a la parte ejecutante para que inste las medidas ejecutivas concretas en el plazo de diez días.
Sinceramente, no hemos realizado acción alguna, porque no se lo tengo que hacer, entiendo, que el juzgado al haberles facilitado una cuenta, ellos deberán pagar y si no se procederá como indican al embargo de bienes,
Mi duda es, ¿yo debo hacer algo más? ¿Debí hacer algo en ese plazo de diez días que se daba a la parte impositiva? ¿Y si debí hacerlo y no lo hice que ocurre ahora? Ha pasado un mes desde que recibí estos documentos, entiendo que no han ingresado nada en la cuenta facilitada por el juzgado.